LOS POBLADORES DE LOS HONDONES: ORÍGENES Y PLEITOS CON EL
AYUNTAMIENTO DE ASPE EN EL SIGLO XVIII.
Publicado en revista La Serranica nº 49, 2010
La expulsión de los moriscos
valencianos en 1609, fue un hecho determinante en la historia moderna de Aspe,
mermando la población del municipio en 2/3 partes. Los Hondones que formaban
parte del término municipal de Aspe, debieron experimentar un enorme vacío
demográfico, que recuperó efectivos y comenzó a incrementarse a lo largo del
siglo XVIII. Este impulso repoblador vino originado por el asentamiento de
nuevos moradores, que en su gran mayoría procedían de la villa de Monóvar. El
origen monovero de los vecinos de Hondón ha sido señalado con anterioridad en
nuestra obra colectiva “Devociones religiosas y lugares de culto en Aspe en la
Época Moderna[1]” y en el artículo de Francisco Pedro Sala “Monoveros en
Hondón durante el siglo XVIII[2]”, cuestión que vamos a tratar de ampliar y complementar en
este artículo.
Notas
históricas sobre los Hondones.
Remontándonos a principios del siglo XV, las villas de Aspe
y Elda formaban parte del patrimonio de la reina aragonesa doña Violante, que
decidió venderlas a la familia de los Corella en 1425. Dos años más tarde, el
titular del señorío, Ximén Pérez de Corella, alentado por el deseo de
acrecentar sus rentas, estipuló un acuerdo con la aljama mudéjar de Aspe, con
el fin de incentivar el cultivo de tierras en los parajes de los Hondones.
La susodicha concordia de 1427[3], nomina al paraje de Hondón como el Hondón
de la parte de allá: «regonoxents que la partida del fondon
dellà, lo part terme de la dita nostra
vila d´Asp » [4] . Esto nos hace suponer que los vecinos de Aspe diferenciaban
dos Hondones a comienzos del siglo XV. Uno más distante y alejado, emplazado al
otro lado de la barrera orográfica que conforman las Sierras de Orts, Enmedio y
la Ofra , -el
futuro Hondón de las Nieves-. Y otra zona u Hondón más cercano al núcleo urbano
de Aspe, que podría corresponder con los terrenos del paraje de la Ofra , si seguimos la trascripción
que hizo la arabista María Jesús Rubiera, cuyo vocablo deriva del árabe Hufra
–hoyo-, es decir depresión u
Hoya[5].
La concordia pone de manifiesto la situación de inseguridad
que envolvía a estas tierras en el siglo XV, reseñando la evidente lejanía en
que se hallaba respecto al núcleo urbano de Aspe: «per la gran lunyea e per co com es
loch perillos de males gents, e per los moros vehins de la dita nostra vila
d´asp nos liura e res (...) a present laurar segons (…) dient que si lauraven
la dita partida seria als lauradors molt dapnos mes que profitós e menys se a
risch de prendre dany…[6]». Estos territorios se encontraban muy próximos a la frontera
con la Corona
de Castilla, confinando con el reino castellano de Murcia, y no muy distante
del reino nazarí de Granada. Periódicamente, castellanos y granadinos irrumpían
por las tierras del sur valenciano, practicando razias de castigo y rapiña, con
el fin de obtener botín y rehenes, unas veces los prisioneros eran liberados tras
el pago de un rescate, y en otras ocasiones se vendían como esclavos.
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Ayuntamiento de Aspe |
Los Corella convinieron en reducir la parte del diezmo que
percibían en el fondon dellà, rebajándolo desde 8 cahices 1, a otro canon más benévolo
para el labrador, fijándolo en un tributo señorial de 12 cahices 1.
Durante la etapa mudéjar y morisca,
la labranza de los predios hondonenses fue incrementándose a medida que creció la población. La siembra
de cereales -en especial trigo y cebada- fue el cultivo preponderante en esta
época. Los mudéjares aspenses extendieron sus labrantíos hasta las tierras del
Hondón de Orihuela, tal como anota mosén Pedro Bellot, expresando: En el año 1469,
Asnar Rosell,
procurador de Elda, rogó al consejo [de Orihuela] dejasen labrar a los moros de
Aspe en el Fondón, y por contemplación al Conde, se le concedió licencia, con
tal que manifestasen allí el diezmo y no labren en labradas de vecinos de
Orihuela. Asimismo en
1495: ”Avisó el
consejo [de Orihuela] al baile de Aspe mandase a sus moros no labrasen en los
fondones, que los quería repartir entre sus vecinos. Y respondió que no repartiesen
las tierras, que vecinos de Aspe tenían labradas con licencia de Orihuela.[9]”
Las
escrituras notariales de 1593, nominan a diversos moriscos, Alonso Mofadal,
Belandino Alcoy, Françés Alcoy, Baltasar Mayayo, Llois Firam, Llois Huleyles[10] como propietarios de casas de labranza o parte de ellas en
los Hondones, denominadas palaus o palacios, que fueron conformando un caserío junto a la
ermita. Del mismo modo eran propietarios de tierras que transferían en herencia
o compraventa a sus familiares y convecinos. La expulsión de los moriscos hispanos
en 1609, vino a desalojar el 88 % de la población que residía en Aspe en ese
año. Pese a la incorporación de repobladores
venidos en su mayoría de los pueblos circunvecinos, el vecindario de Aspe había
mermado 2/3 partes en 1611, momento en el que se rubrica la carta puebla,
rondando la población los 160 vecinos –cabezas de familia-. La expatriación
morisca trajo consigo la despoblación de la villa y el abandono de cultivos,
registrándose una mayor incidencia en los parajes de los Hondones al hallarse
más distantes del núcleo urbano.
La población de Aspe permaneció
estancada durante la primera mitad del siglo XVII, el censo de 1646 registra
195 vecinos[11], y comenzará a detectarse una notoria recuperación en las
últimas décadas del siglo XVII, contabilizándose 360 vecinos en 1686[12] -cabezas de familia-. El crecimiento demográfico vino
determinado por una mejora de las condiciones sanitarias que posibilitó un
mayor crecimiento natural, más el establecimiento de nuevos moradores oriundos de otras poblaciones.
Durante los siglos XVII y XVIII, los
Hondones de la villa de Aspe eran conocidos mediante dos denominaciones. Por un
lado, las tierras emplazadas más próximas al santuario mariano, conocidas como
el Hondón de la Ermita. Por otro, las tierras más distantes, conocidas como el Hondón
de la Balsa , -actualmente el Rebalso- posiblemente porque contenía una
zona endorreica o rebalso de agua[13], donde se formaba una laguna.
En las postrimerías del siglo XVII e
inicios del XVIII comenzaron a asentarse en los Hondones pobladores
provenientes de Monóvar, cuyo flujo persistió gran parte de la centuria.
Prontamente, comenzaron a surgir desavenencias entre el Cabildo aspense y los
nuevos moradores de los Hondones, dando lugar a sucesivos litigios, resueltos
ante el Tribunal del Intendente de Valencia. La causa de las disputas era
recurrente, los vecinos originarios de Monóvar se consideraban terratenientes
en los Hondones –es decir propietarios de tierras de cultivo – pero sin residencia
permanente en estos parajes sino en Monóvar, donde conservaban sus viviendas y
atendían las obligaciones y contribuciones vecinales. El Ayuntamiento de Aspe mantenía
un punto de vista opuesto, les consideraba plenos vecinos de la villa, al
considerar que residían la mayor parte del tiempo en término de Aspe y por
consiguiente, precisados a cumplir con los tributos y obligaciones que
conllevaba la residencia en el municipio. Hasta el momento, tenemos documentados
4 pleitos en el siglo XVIII.
Pleito
de 1729.
En 1728, el Cabildo aspense había incluido en el reparto del
impuesto del Equivalente[14] a varios propietarios de tierras en los Hondones. Éstos se
consideraban vecinos de Monóvar, donde justificaban tener su casa y familia, e
instaron una queja ante el Intendente de Valencia en 1729, objetando que no se les había considerado terratenientes
–poseedores de tierras– sino vecinos del municipio de Aspe. A tenor de la
reclamación, Francisco Salvador de Pineda, intendente del Reino, remitió una
misiva al Consistorio aspense signada el 22 de febrero de 1729, en la que
recriminaba a los capitulares aspenses por no conducirse conforme a la normativa
dictada por su Majestad para el pago del Equivalente[15]. Según el Intendente, si los demandantes poseían haciendas
en los Hondones, y las hubieren arrendado a terceros, debían tributar un 8% del
valor líquido de la tierra, una vez rebajadas las cargas. Si en cambio, eran
cultivadores directos de las haciendas, aunque tuvieran su domicilio en Monóvar,
debían tributar un 12 % de dicho valor. Pineda apercibió a los munícipes
aspenses para que aplicasen correctamente la normativa, amenazándoles con una
sanción de 200 libras
y otras medidas punitivas.
No conforme con las providencias dictadas por el intendente Pineda,
el Cabildo aspense designó a Juan Bautista Navarro como apoderado, que
interpuso una reclamación ante el tribunal del Intendente. En su petición,
Navarro manifestaba:
“Que Francisco Tortosa y otros, que
residen en el término de dicha villa con sus casas y Haciendas, en el distrito
llamado del Hondón, permaneciendo así de más de 20 años a esta parte, acudieron
a V. S. con la queja de que siendo terratenientes de dicha villa mi parte, les
pretendía ésta tratar como vecinos en los impuestos del equivalente y demás,
suponiendo que lo serían de la de Monóvar, y en vista de su representación,
Vuestra Señoría a la de Aspe mi parte, con carta de 22 de febrero, ordenó que
no se les molestase ni les hiciese contribuir, sino en aquello a que estuviesen obligados como
terratenientes, conforme a las ordenes de su Majestad. Y respecto el que fue
siniestra la representación que hicieron en este asunto, porque son y han sido
vecinos de la villa mi parte, quien quedaría gravemente perjudicada sino
contribuyesen como a tales en ella...[16]”
Navarro afirmaba que Francisco Tortosa y sus compañeros eran
vecinos de Aspe, por tanto debían contribuir como tales vecinos y no como
terratenientes, habiendo presentado una exposición de los hechos mal
intencionada ante la Intendencia. Por dicho motivo, Navarro solicitaba que el Intendente
dictara providencia para que los implicados nombrasen un procurador judicial a
fin de dirimir las diferencias en pleito. Petición aceptada por el Intendente
que despachó mandamiento para que en el plazo de 15 días, Francisco Tortosa y
convecinos nombrasen un representante. Desconocemos como se resolvió el
litigio.
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Vista de la parroquia de Monóvar |
Pleito
en 1740
Un decenio más tarde, Isabel Ana
Cerdá de 45 años de edad, viuda de Joseph Tortosa y su sobrino Francisco
Tortosa de 24 años, emprendieron un pleito judicial contra el Ayuntamiento de
Aspe, de nuevo, interpuesto ante la Real Audiencia de Valencia, con la pretensión de
ser excluidos del pago del Equivalente y demás contribuciones vecinales
asignadas por el Consistorio, pues seguían considerándose vecinos de Monóvar y no de Aspe. El voluminoso expediente nos permite conocer un
buen número de derechos y obligaciones inherentes a la condición de ser vecino
de Aspe en el siglo XVIII[17].
Las partes litigantes nombraron a
sus respectivos procuradores judiciales a fin de ser representados en la corte
del Intendente en Valencia. La familia Tortosa designó a Francisco Antonio
Ferriz, que interpuso un pedimento ante la audiencia valenciana en abril de
1740, alegando las siguientes razones para la demanda:
·
Sus
representados eran y habían sido siempre vecinos y moradores en Monóvar al igual que sus antecesores,
teniendo sus viviendas en dicha villa.
·
Que
sus antecesores habían concurrido a la extracción de cargos concejiles en
Monóvar.
·
Que
en la villa de Monóvar pagaban el impuesto del Equivalente relativo al consumo
y propiedades.
·
Que
la familia Tortosa tenía propiedades en el Hondón, término de la villa de Aspe,
a las que se desplazaban por el tiempo necesario para sembrar y recoger las
cosechas, sin dejar de ser vecinos de Monóvar.
·
Que
el Ayuntamiento de Aspe les estaba repartiendo el impuesto del Equivalente en
su totalidad, alegando los denunciantes que no les consideraba plenos vecinos
de Aspe, -además de que ellos no querían serlo-, pues no les permitían pastar
sus ganados en las hierbas del término, no habían hecho uso del médico y
comadrona de la villa, cuya asistencia era gratuita para los vecinos de Aspe,
al abonarles el sueldo el Ayuntamiento.
·
Que
jamás habían tomado simiente para sembrar sus tierras del Montepío de Granos de
la villa de Aspe.
·
Que
era cierto que concurrían a los molinos de la villa de Aspe para moler el
grano, de igual modo que hacían los habitantes de toda la comarca.
·
Que
no estaban incluidos en el padrón de la villa de Aspe, ni nunca habían participado
como posibles candidatos electos al Ayuntamiento de Aspe, sí en cambio a la de
Monóvar.
El proceso judicial se dilató
durante un año, ya que el juez instructor y las partes implicadas fueron
solicitando probanzas, certificaciones y testigos para aportar a la causa. El
sumario tomó inicio tras requerir el
Intendente de Valencia, Joseph de Fons de Viela, que sendas villas expidieran
certificados de empadronamiento de los litigantes.
El escribano de Aspe
certificó que Francisco Tortosa e Isabel Ana Cerdá estaban incluidos en el
reparto del impuesto del Equivalente según sus haciendas y que no constaba que
hubieran desempeñado cargos públicos en Aspe. Asimismo, el escribano de Monóvar
refrendó el empadronamiento de la familia Tortosa en la referida villa, habiendo
abonado el pago de la sal y Equivalente. También que Joseph Tortosa había sido
propuesto en Monóvar para el cargo de regidor en los años 1734 y 1735, y que
Francisco Tortosa, padre del demandante, fue regidor en 1737.
Agustín Bonet, representante del Cabildo áspense en la
audiencia de Valencia, esgrimió las siguientes razones a favor de la villa de
Aspe:
·
Que
las disposiciones legales permitían que una persona pudiera tener dos
domicilios contribuyendo en ambos a las cargas concejiles según los bienes que
poseyera.
·
Que
la familia Tortosa realizaba el cultivo ininterrumpido de su hacienda en el
Hondón desde hacía unos 40 años, donde sus antecesores habían tomado residencia
permanente en sus casas, y allí se habían criado los demandantes, sus hermanos
y familias.
·
Que
habían utilizado las hierbas del término para pastar sus ganados.
·
Que
habían cortado leña seca en el término y pinos vivos para realizar obras sin
abonar ningún dinero.
·
Que
se habían valido del médico y comadrona de la villa, así como de la tanda de
preferencia en el molino que tenían los vecinos de Aspe, respecto a los
habitantes de la comarca.
·
Que
habían tomado granos del Pósito de la villa para las sementeras.
·
Que
Francisco Tortosa, abuelo y suegro de los litigantes falleció en el año 1738 en
Hondón, administrándole el cura de Aspe los sacramentos, siendo enterrado en la
parroquia de Nuestra Señora del Socorro.
El apoderado de Aspe cursó un pedimento al Intendente para
que los escribanos de sendos municipios certificasen desde qué años los
querellantes estaban pagando el Equivalente y por cuales propiedades. Y que el administrador del Pósito
de granos de Aspe, notificase la simiente anual que se les había suministrado a
los reclamantes y sus antecesores.
El escribano de Monóvar certificó que desde 1717 hasta 1727,
ambos demandantes habían contribuido con 2 libras -20 reales
plata-. A partir de 1727 Joseph Tortosa pagaba 2 libras y 7 sueldos al
incluirse una casa que habían adquirido en Monóvar abonándola hasta el año 1736
en que falleció, prosiguiendo su viuda Ana Isabel. A partir de 1729, Francisco
Tortosa padre, le correspondió pagar 2 libras , 6 sueldos y 2
dineros hasta el año 1739 en que expiró. Y Francisco Tortosa y Cerdá su hijo,
tributó en 1736 1 libra ,
6 sueldos, 6 dineros, aumentando en 1737, año en que se casó, a 2 libras 4 sueldos y 4
dineros por haber adquirido una casa en Monóvar, continuando hasta la fecha.
El escribano de Aspe relacionó las propiedades que
regentaban los demandantes en los parajes de Hondón, según constaba en el libro
de apremios de hacienda de la villa. Era manifiesto que gozaban de una posición
económica muy desahogada, con dilatadas
extensiones de tierra en el campo hondonense, disponiendo de personal
asalariado a su cargo para el cultivo.
POSESIONES DE FRANCISCO TORTOSA VALOR ESTIMADO
-
2
cahizadas en la Simola 100 libras
-
1
cahizada en la Simola 45
libras
-
½
cahizada, en parte plantada de viña 40
libras.
-
1
cahizada en el Hondón de la
Ermita 70
libras.
-
1
bancal de tierra en el camino de los pozos 50
libras.
-
1
cahizada en la Alguasta 40
libras.
-
3
refacciones en la Alguasta 36
libras.
-
2
cahizadas y media que compró a su padre en la Alguasta 120 libras.
-
1
refacción en la Alguasta 12
libras.
La hacienda de Francisco Tortosa superaba las 370 tahúllas
con un valor estimado de 550
libras . En el año 1740, el Ayuntamiento de Aspe le aplicó
una contribución de 114 reales plata y 3 dineros, desglosados en 92 reales y 15
dineros por el valor de su hacienda, 1 real y 15 dineros por el valor de una
casa de morada en Hondón, 9 reales y 21 dineros por bagajes (animales de labor y carga) y 10
reales en calidad de vecino.
POSESIONES DE ISABEL ANA CERDÁ VALOR ESTIMADO
- Todas
las tierras de Vaizombra y bancales al arrimo de la casa 300
libras.
- 1
pedazo de tierras en dicho Hondón 10
libras.
- 1
pedazo de tierra sobre la
Alguasta 80
libras.
- 1 refacción en la
Alguasta al arrimo del Aljibe 10
libras.
- 1
refacción en la Alguasta 12
libras.
- 1
cahizada en la Simola 60
libras
- 6 refacciones en el Bayón 210
libras.
- 1 cahizada en la Simola
parte plantada de viña, que era de su suegro 50 libras.
- 7 cahizadas en el Rincón [de Mingot] 260
libras
- La tierra que tiene desmontada junto a las siete cahizadas 40
libras.
La hacienda de Isabel Ana Cerdá
resulta más complicada de estimar, pero rebasaba las 600 tahúllas de tierra en
los Hondones. En 1740 se le repartió 190 reales plata y 6 dineros de
contribución por el valor de sus heredades, que ascendían a 1.032 libras , más 1
real 6 dineros por la casa de morada, 9 reales y 21 dineros por los bagajes
valorados en 70 libras ,
y 3 reales por razón de vecina.
El Ayuntamiento de Aspe acreditó como prueba adicional, un
memorial dirigido a los capitulares aspenses, instado por Francisco Tortosa,
Isabel Ana Cerdá, Damián Vicedo y Diego Prieto, fechado el 15 de mayo de 1740,
que como vecinos habitadores en el Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves,
solicitaban que se ampliase en la ermita de Hondón el servicio de misas los
domingos y festivos, pues por las necesidades de las tareas agrícolas, algunos
habitantes quedaban sin la debida asistencia religiosa:
“Que
hallándonos asistidos a toda satisfacción del nuevo capellán de la ermita mosén
Juan Cerdán de Beneit, tanto en lo espiritual como en lo temporal, se
experimenta que en tiempo de sementera y otras labores que precisan decir la
misa antes del día, como en las demás fiestas del año, faltan precisamente a
ella muchos que tienen sus casas y labranzas algo distantes, y aunque venga
alguno a tiempo, es preciso que quede otro a guardarla cuidando de sus averías,
que regularmente quedan sin misa, que dicho inconveniente se evitará suplicando
Vuestras Señorías al Sr. Obispo conceda a dicho capellán u a otro en su defecto
la facultad de decir dos misas todos los domingos y fiesta del año...[19]”
El Cabildo áspense dio curso a la
petición, remitiéndola al obispado oriolano. El memorial nos sitúa en los años precedentes a 1746, momento
en que el obispo Gómez de Terán instituye la creación de la parroquia de Hondón
de las Nieves, erigida sobre la antigua ermita, al haberse verificado carencias
en la asistencia religiosa que recibían los vecinos de Hondón, dotando a la
nueva parroquia de jurisdicción eclesiástica propia sobre la de Aspe.
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Parroquia de Hondón de las Nieves |
A fin de reforzar los argumentos esgrimidos en el proceso
judicial, los procuradores solicitaron
aportar la concurrencia de testigos como prueba en el sumario. Las preguntas
dirigidas a los declarantes de ambas partes, fueron sometidas a la supervisión
del Intendente, que dio su visto bueno. Un escribano valenciano se desplazó a
Monóvar para tomar declaración a los testigos. Los vecinos Leonardo Mira,
cirujano, Pablo Tomás, Juan Sánchez de Diego, Patricio Albert, Pedro Molina,
Silvestre Esteve, Juan Albert de Juan, Juan Payá de Onofre, labradores, y
Felipe Cirera, vicario de la iglesia parroquial. Con testimonios coincidentes, afirmaron que:
·
Francisco
Tortosa tenía su vivienda en Monóvar en la calle de la Fuente de Abajo, al igual
que Isabel Ana Cerdá, que vivía enfrente de Francisco.
·
Eran
parroquianos de Monóvar donde se les administraban los sacramentos, Isabel Ana
tenía derecho de entierro en la capilla del Santo Cristo. El vicario les había
asistido en la dispensa de los sacramentos, etc.
·
Estaban
incluidos en las lista de reparto de impuestos, ya que Pablo Tomás y Juan Payá
habían sido alcaldes y regidores, habiéndoselos cobrado.
·
Igualmente
siendo alcaldes, les habían asignado hospedaje de soldados en sus casas y había
conducido equipajes cuando les tocaba el turno. Si no se encontraban en la
villa se les daba razón. Isabel Ana, por ser viuda, contribuía con ropa para
componer camas a los soldados en otras
casas.
·
Se
les repartía el impuesto de la sal, y se les encabezaba en la bula de la Santa Cruzada
·
Los
parientes Bernardo Tortosa y Joseph Tortosa, tíos, habían sido regidores en
Monóvar, al igual que Francisco Tortosa padre.
·
Que
se valían del médico y comadre de Monóvar y no de los de Aspe, no tomaban grano
del Montepío, ni pastaba su ganado en las hierbas del término de Aspe.
·
Que
los querellantes concurrían a moler el grano a Aspe como cualquier habitante de
la comarca, del mismo modo que habían
hecho algunos de los testigos.
·
Sólo
habitaban en Hondón el tiempo necesario para las siembras y cosechas sin
abandonar sus casas de Monóvar.
Esteban Aracil, alcalde de Monforte del Cid, fue comisionado
para tomar declaración a los testigos presentados por el representante del
Cabildo aspense. Los declarantes Lorenzo Cerdá, Vicente Leal, Martín Pérez de
Tomás, Joseph Pérez de Gil, y Onofre Rico eran vecinos residentes en los
Hondones y naturales de la villa de Monóvar. Tomás Galvañ, Joseph Pérez de
Botella, Ginés de Merlás, Joaquín Pujalte, Jaime Cerdán de Botella y Francisco
Espinosa de Pastor residían en la población. En sus declaraciones manifestaron:
·
Los
testigos monoveros afincados en los Hondones testificaron que Francisco
Tortosa, abuelo y suegro respectivamente de los demandantes, se asentó en el
Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves hacía unos 40 años, abriendo casa y
residiendo permanentemente en este paraje, criando a sus hijos Francisco y
Joseph. Aserción que sustentaban los declarantes por haber convivido junto a
ellos o haberlo oído contar a sus padres. Igualmente contribuían con las cargas
estatales y concejiles, pero ignoraban si como vecinos o terratenientes.
·
Tras
los fallecimientos de Francisco Tortosa, abuelo y padre, los denunciantes
permanecieron en su residencia de Hondón, habían pastado sus ganados en las
hierbas del término de Aspe, habían cortado leña seca para su consumo, teniendo
Ana Isabel una pila en la puerta de su casa de Hondón, cuyo valor se estimaba
en más de 40 libras ,
habían cortado pinos vivos para la realización de obras sin abonar nada, de
igual modo que los vecinos del municipio, únicamente pidiendo licencia al
gobernador de la villa. Jaime Cerdán, alguacil de campo y monte, les había
sorprendido haciendo leña y cortando pinos vivos, habiéndoles pedido la licencia,
que se la mostraron firmada por el gobernador de la villa, así como les había
encontrado pastando el ganado en el término sin llamarles la atención porque
sabía que eran vecinos.
·
Varios
testigos indicaron que los denunciantes y otros moradores del Hondón, estando
enfermos, vinieron a la villa de Aspe asistiéndoles el médico. Así como en diversas
ocasiones, el médico acudió a Hondón para
visitar a los susodichos, desconociendo si le habían remunerado con algún
estipendio.
·
Algunos
declarantes habían concurrido al Molino del Río coincidiendo con los
demandantes, donde sólo los vecinos tenían tanda de prioridad sobre los
forasteros. De dicha preferencia se habían valido los litigantes y sus
antecesores. Francisco Espinosa, molinero del Río en 1737, molió muchas veces
los granos que traían los litigantes o sus criados, dándoles sus tandas como
vecinos, Este privilegio prohibía que los vecinos de Aspe pudieran ir a moler a
otros molinos fuera del término bajo ciertas penas. Habiéndolo hecho Isabel
Ana, se querelló el testigo y le hizo pagar el derecho de molienda. Joaquín
Pujalte, alcalde en 1738, recibió la denuncia del molinero del Río, siendo Ana
Isabel multada y apercibida para el futuro.
·
Que
el Monte de Piedad o Pósito únicamente repartía granos a los vecinos en tiempo
de sementeras, y de dicho privilegio habían disfrutado los demandantes y sus
predecesores a proporción de sus tierras. En alguna ocasión no necesitaron
granos, dejándolos para la asignación a otros vecinos. Y que jamás, el Pósito había
repartido simiente a los sujetos que no eran vecinos de la villa, aunque fueran
vasallos del duque de Arcos, residentes en otros pueblos de su dominio.
·
Que
habían visto a los sacerdotes de la villa dispensar los santos óleos a
Francisco Tortosa y traerle a la parroquia de Aspe para dar sepultura.
·
Que
poseían abundantes tierras y gozaban de buena posición económica sin poder
estimar su valor.
·
Que
Francisco Tortosa tenía una casa en Monóvar. E Isabel Ana Cerdá poseía dos
casas en la misma villa, una para su uso y otra arrendada, más 18 jornales de
tierra en las casas de Costa, en el paraje del Pinoso. La mayor parte del
tiempo las tenían cerradas por habitar continuamente en los Hondones, al igual
que sus empleados. Que no necesitaban desplazarse a Monóvar para oír misa, ya
que disfrutaban del beneficio de tener misa diaria, y la asistencia permanente
de un sacerdote que moraba continuamente en el pago de la ermita de Ntra. Sra.
de las Nieves, sustentado mediante las limosnas aportadas por el Duque de
Arcos, coincidiendo algunos testigos con los litigantes en la celebración del
culto.
·
Que
las casas de los Hondones pertenecientes a Francisco Tortosa e Isabel Ana Cerdá
distaban cerca de legua y media de la villa de Aspe, por cuyo motivo no se le
adjudicaban alojamientos ordinarios de tropas y bagajes, nada más que en
ocasiones de tránsito de mucha tropa, donde no quedaba eximido ningún vecino.
·
Que
los Duques elegían a los cargos concejiles sin proposición de candidatos por
parte de la villa.
·
Que
resultaba un perjuicio para los moradores de los Hondones, ser designados por el Duque para un cargo municipal, ya que
era obligatorio mudar de residencia y tomar casa en la villa de Aspe para
atender a las exigencias del empleo, abandonando sus labranzas en los Hondones.
Los procuradores continuaron argumentando sus postulados y
refutando las declaraciones formuladas por los testigos de la parte contraria. Un
notario de Aspe certificó que en algunos años los litigantes habían pagado la
parte proporcional del diezmo de cabritos al colector de rentas de Aspe. El
procurador Bonet argumentaba que no tenían hacienda de consideración en
Monóvar, permaneciendo la mayor parte del tiempo en los Hondones al cuidado de
sus haciendas. Asimismo que los demandantes tan sólo aparecían en el listado de
confesión y comunión confeccionado por la parroquia de Monóvar en la Pascua del año 1740, con
clara intencionalidad de figurar en dicho
registro.
El cura parroquial de Monóvar certificó que Francisco
Tortosa Juan y Joseph Tortosa Juan habían nacido en Monóvar en 1688 y 1691.
Asimismo, que se habían desposado en Monóvar con las hermanas María e Isabel
Ana Cerdá en 1715 y 1716. Y que el nieto
Francisco Tortosa Cerdá, se había casado en Monóvar con Magdalena Verdú en
1735.
Una vez valorados los argumentos y pruebas presentados por
los dos procuradores, el Intendente Joseph de Fons de Viela dictó sentencia el
11 de julio de 1741, estimando como poco probadas e inconsistentes las pruebas
presentadas por Ferriz, apoderado de la familia Tortosa. Así mismo como bien
probados los argumentos presentados por Agustín Bonet en nombre de la villa de
Aspe, declarando a Francisco Tortosa e Isabel Ana Cerdá como vecinos de Aspe, y
por tanto sujetos a las contribuciones reales y vecinales asignadas por la
villa, y sin ajustar costas a las partes. La sentencia no fue apelada por los
denunciantes y el tribunal ratificó el veredicto el 12 de agosto de 1741.
Pleitos
en 1762 y 1766.
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Plaza Mayor de Hondón de las Nieves |
Las actas capitulares recopilan una
nueva disputa en 1766. El regidor aspense Bernardo Muñoz denunció ante el
Intendente de Valencia la situación de desigualdad que padecían los vecinos de
Aspe respecto a los moradores de los Hondones, naturales de Monóvar. Los
vecinos de Aspe tenían que soportar alojamientos de tropas, bagajes y turnos de
guardia, circunstancias que eludían los habitantes de los Hondones por su
distanciamiento de la población.
«(...) que diferentes vecinos de esta
Villa, Moradores en el Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves,
y en el de la Balsa ,
en donde tenían sus Haciendas, y habitaban la
mayor parte del año, con el motivo de tener estos casa abierta en la
villa de Monóvar, de donde también eran vecinos y en dhos Hondones, por no
tener casa abierta en la población de esta villa, no sufrían las cargas vecinales, y personales a que
están sujetos todos los vecinos, como son alojamientos de soldados, así de
tránsito como de tropa permanente, bagajes para pobres enfermos transeúntes,
hacer guardias y otras cargas a este tenor, lo que era en grave perjuicio de este común de vecinos,
que las toleraban y cumplían con la mayor exactitud y que habiéndoles mandado
tuviesen casa abierta en esta Villa (Aspe) para llevar con igualdad
dhas cargas, se excusaban a ello…[22]»
El regidor solicitó
al Intendente que los vecinos de los Hondones abrieran casa en la población de
Aspe, para compartir con igualdad las cargas vecinales. Los vecinos de Hondón
se opusieron a este requerimiento del Cabildo. Desconocemos el desenlace que
pudo tomar el asunto, pero resulta poco probable que el Intendente dictara
resolución favorable a la villa de Aspe, obligando a que los vecinos de Hondón
abrieran casa en el núcleo urbano del municipio.
Estos reiterados desencuentros entre el Consistorio aspense
y los moradores de los Hondones tuvieron
derivación al campo religioso. Surgieron desavenencias entre el Ayuntamiento de
Aspe y el párroco de Hondón, motivados por los traslados y estancias de la Virgen de las Nieves a
Aspe, teniéndose que ajustar unos
acuerdos en 1769 y 1776, -por otro lado necesarios para estipular unas normas-
conocidos como primer y segundo concordato.
Registros
Notariales.
Los protocolos notariales contienen numerosas referencias
sobre la procedencia monovera de los pobladores de los Hondones en el siglo XVIII. Algunas
reseñas lo manifiestan expresamente[23]:
- En 1721 Damián Rico, junto a dos vecinos de Aspe, se
obliga a pagar 280 reales por 4 cahíces
de trigo, expresando que es “de la villa de Monóvar y terrateniente en los Hondones de esta villa”.
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Traslado de la Virgen de las Nieves a Hondón |
- En 1734, Lorenzo Cerdá, Joaquín Cerdá, Joseph Cerdá y Juan
Félix; “naturales de la villa de Monóvar
y al presente vecinos de Aspe, moradores en el pago de los Hondones”, se comprometieron a pagar 1.261 reales y 9 dineros por el
valor de 57 arrobas y 8
libras y ½ de
lana fina, que les vendieron Juan de Laorga y otros vecinos.
- En 1735, Juan Cerdán o -Serdá- de Pastor: “natural
de Monóvar y residente en los Hondones de Nuestra Señora de las Nieves” otorgó carta de pago, reconociendo que había recibido 25 libras por el valor de
100 cántaros de vino vendido.
- Igualmente en 1735, Lorenzo Cerdán y Josep Vidal menor:”naturales
de la villa de Monóvar y moradores en el campo y término de esta villa, adquirieron el compromiso de satisfacer 383 reales a
Francisco Espinosa por el valor de 191 cántaros y ½ de vino.
- En el mismo año,
Joaquín Vidal: natural de la
villa de Monóvar y morador en el pago del Hondón de la Balsa , se obligó a abonar 295 reales al colector de rentas
Francisco Areco, por una sanción impuesta al haber realizado una tala ilegal de
pinos y fabricación de carbón.
- En 1746, el presbítero Francisco Coloma reconoció haber
recibido 350 libras
de Francisco
Boix, vecino de la villa de Monóvar,
resto de una deuda principal de 550 libras , por el valor de un palacio en el
Hondón y diferentes pedazos de tierra.
- En 1750, Francisca Alenda, viuda de Diego Prieto, contrajo
segundas nupcias con Sebastián Tortosa, mancebo, natural
de la villa de Monóvar y morador al presente en el pago del Hondón de Ntra.
Sra. de las Nieves de esta jurisdicción. Entre los bienes aportados se hallaba: otra
casa de morada de las que vulgarmente llaman palacios en el pago de Ntra. Sra.
de las Nieves, lindes con palacio de Juan Félix Cerdá, con dicho de Julián y
Vicente Leal y con plazuela de la parroquia de Ntra. Sra. [de las Nieves] en 820 reales.
- En 1752, la familia Tortosa realizó
la división de bienes pertenecientes a la herencia de Francisco Tortosa
–abuelo- entre sus herederos estaban Tomás Tortosa, Francisco Tortosa, Joseph
Cerdá como marido de Estefanía Tortosa, e Isabel Ana Cerdá, viuda de Joseph
Tortosa. Dentro del cómputo de bienes se asignó:”un
palacio del que recayó en dicha herencia, que hoy se halla derruido y pro
indiviso sito en las casas de dicho Hondón (…), el linde al presente de una
parte con palacio de Francisco Boix, por otra con el de Juan Esteve, de otra
con calle, y de otra con tierras que hoy posee el cura de la parroquia de Ntra.
Sra. de las Nieves.
- En 1753, el presbítero mosén
Joseph Muñoz, arrienda a terraje una casa y tierras a Asencio
Azorín y Verónica Blanes, vecinos de la villa de Monóvar, en el paraje hondonense del
Rincón de Mingot.
- En 1767, Francisco Tortosa y
Antonia González, consortes, instituyen su testamento conjunto, declarándose vecinos
de la villa de Monóvar y moradores en el Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves.
-
En 1785 Manuel Beltrán arrienda a terraje las tierras y heredad que poseía
en el Hondón de la Balsa
“a Francisco
González vecino de la de Monóvar, por diez años continuos.”
No ofrece dudas el protagonismo que
tuvieron los habitantes de Monóvar en la
repoblación de los Hondones durante el siglo XVIII. La villa de Monóvar no
contaba con tierras de regadío que pudieran sostener una población en
crecimiento. Por ello, un buen número de monoveros encontraron en los Hondones
un lugar donde asentarse y prosperar poniendo en cultivo nuevas tierras. La
afluencia de vecinos provenientes de Monóvar persistiría en etapas posteriores,
pero muy atenuada, y entremezclada con personas procedentes de Aspe y de otras poblaciones. Su impronta cultural ha
dejado huella en los actuales vecinos de Hondón, en facetas tales como el uso
del valenciano como lengua materna, en la vestimenta tradicional del municipio,
en la gastronomía, etc.
Gonzalo Martínez Español
NOTAS
[1]
MARTÍNEZ CERDÁN, C., MARTÍNEZ ESPAÑOL, G., SALA TRIGUEROS, F.P.: Devociones religiosas y lugares de culto en
Aspe en la Época Moderna. Aspe, Ayuntamiento, 2005.
[2]
SALA TRIGUEROS, F.P: “Monoveros en Hondón durante el siglo XVIII.” Revista
Amanecer nº 14. Hondón de las Nieves, 2007.
[3]
El documento ha sido referenciado por Francisco Pedro Sala Trigueros en su
artículo: “Una de las primeras referencias: Las Hoyas de Aspe (1412) y los Hondones (1429)”, pero sin transcribirlo
dada su complicada caligrafía. Revista
Amanecer 15. Hondón de las Nieves, 2009.
[7]
Ibídem.
[8]
Ibídem
[9]
BELLOT, Pedro: Anales de Orihuela. T
II, pp. 297 y 328. Murcia, 2001.
[10]
MARTÍNEZ ESPAÑOL, Gonzalo: “Una Mirada a la comunidad morisca de Aspe en 1593” : En La comunidad morisca en el Vinalopó IV centenario de la expulsión
1609-2009. Petrel, C.E.L. 2009, pp. 183-202.
[11]
Archivo del Reino de Valencia. Generalitat doc. 4829.
[12]
Archivo de la Corona
de Aragón. Consejo de Aragón, Legajo 826, doc. 32. Súplica de la villa de Aspe para la concesión de una feria. Aspe, 24 de
mayo de 1686.
[13]
Francisca Pujalte lega en testamento a su hijo Pedro, una
casa en dicho Hondón de la Balsa
junto al Rebalso. Archivo Municipal de Novelda. Protocolo de
Francisco del Pilar 1732-40. Testamento de Francisca Pujalte. Aspe 6 de
Junio de 1733, fol. 39.
[15]
El impuesto del Equivalente era una tributación de carácter estatal que el
Estado aplicaba anualmente a los Ayuntamientos. La Corona fijaba una cantidad
global a tributar, que el Consistorio debía repartir entre sus vecinos en
proporción a sus casas, tierras, ganados e impuestos personales de consumo.
[17] A.
R. V. Bailía. Procesos ante el Intendente, documento nº 1387.
[18]
La cahizada en Aspe tenía una extensión de 39 tahúllas. La refacción correspondía a 10 tahúllas, y el jornal de
tierra a 5 tahúllas aproximadamente.
[20]
Archivo Diputación Provincial de Alicante. Cuentas del Ayuntamiento de Aspe
1760-72. Orden de pago del Cabildo Municipal. Aspe, 20 de octubre de 1762.
[21]
Ídem. Orden de pago del Cabildo Municipal. Aspe, 16 de noviembre de 1762.
[22]
Archivo Municipal de Aspe. Actas Capitulares 1764-66. Cabildo de 18 de Agosto
de 1766, fol. 21 v.
[23]
Archivo Municipal de Novelda. Protocolos de Aspe. Por orden cronológico las
citas corresponden a los notarios: Francisco del Pilar 1721-1725, año 1721,
fol. 2/v. Joseph Mazón 1718-22, año 1722, fol. 74. Joseph Pérez 1733-35, año
1734, fol. 72 y año 1735, fol. 3, fol. 16
y fol. 17. Joseph Pérez 1743-46 año 1746, fol. 99/v. Joseph Pérez 1750-51, año 1750,
fol. 108. Joseph Pérez 1752-55, año 1752,
fol. 108 y año 1753. Joseph Pérez 1766-71, año 1766, fol. 36. Ríos Muñoz
1785-1788, año 1785, fol. 20.
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