martes, 9 de junio de 2020


LOS POBLADORES DE LOS HONDONES: ORÍGENES Y PLEITOS CON EL AYUNTAMIENTO DE ASPE EN EL SIGLO XVIII.

Publicado en revista La Serranica nº 49, 2010                        

            La expulsión de los moriscos valencianos en 1609, fue un hecho determinante en la historia moderna de Aspe, mermando la población del municipio en 2/3 partes. Los Hondones que formaban parte del término municipal de Aspe, debieron experimentar un enorme vacío demográfico, que recuperó efectivos y comenzó a incrementarse a lo largo del siglo XVIII. Este impulso repoblador vino originado por el asentamiento de nuevos moradores, que en su gran mayoría procedían de la villa de Monóvar. El origen monovero de los vecinos de Hondón ha sido señalado con anterioridad en nuestra obra colectiva “Devociones religiosas y lugares de culto en Aspe en la Época Moderna[1]” y en el artículo de Francisco Pedro Sala “Monoveros en Hondón durante el siglo XVIII[2]”, cuestión que vamos a tratar de ampliar y complementar en este artículo.

            Notas históricas sobre los Hondones.

Remontándonos a principios del siglo XV, las villas de Aspe y Elda formaban parte del patrimonio de la reina aragonesa doña Violante, que decidió venderlas a la familia de los Corella en 1425. Dos años más tarde, el titular del señorío, Ximén Pérez de Corella, alentado por el deseo de acrecentar sus rentas, estipuló un acuerdo con la aljama mudéjar de Aspe, con el fin de incentivar el cultivo de tierras en los parajes de los Hondones.
La susodicha concordia de 1427[3], nomina al paraje de Hondón como el Hondón de la parte de allá«regonoxents que la partida del fondon dellà, lo part  terme de la dita nostra vila d´Asp » [4] . Esto nos hace suponer que los vecinos de Aspe diferenciaban dos Hondones a comienzos del siglo XV. Uno más distante y alejado, emplazado al otro lado de la barrera orográfica que conforman las Sierras de Orts, Enmedio y la Ofra, -el futuro Hondón de las Nieves-. Y otra zona u Hondón más cercano al núcleo urbano de Aspe, que podría corresponder con los terrenos del paraje de la Ofra, si seguimos la trascripción que hizo la arabista María Jesús Rubiera, cuyo vocablo deriva del árabe Hufra –hoyo-, es decir depresión u Hoya[5].
La concordia pone de manifiesto la situación de inseguridad que envolvía a estas tierras en el siglo XV, reseñando la evidente lejanía en que se hallaba respecto al núcleo urbano de Aspe: «per la gran lunyea e per co com es loch perillos de males gents, e per los moros vehins de la dita nostra vila d´asp nos liura e res (...) a present laurar segons (…) dient que si lauraven la dita partida seria als lauradors molt dapnos mes que profitós e menys se a risch de prendre dany…[6]». Estos territorios se encontraban muy próximos a la frontera con la Corona de Castilla, confinando con el reino castellano de Murcia, y no muy distante del reino nazarí de Granada. Periódicamente, castellanos y granadinos irrumpían por las tierras del sur valenciano, practicando razias de castigo y rapiña, con el fin de obtener botín y rehenes, unas veces los prisioneros eran liberados tras el pago de un rescate, y en otras ocasiones se vendían como esclavos. 
Ayuntamiento de Aspe
A comienzos del siglo XV, la población de Aspe estaba conformada  mayoritariamente  por musulmanes. Los mudéjares aspenses estaban predispuestos a cultivar los parajes del fondón dellà, pero querían obtener alguna compensación por parte de los Corella, al tener que asumir mayores riesgos cultivando estas tierras: Et attenet que son informats que vosaltres vehins de la dita nostra vila e basalls nostres volrieis laurar al dia de huy millor en la dita partida del fondon dellà, lo dita part que no haven fet. E encara per seguretat de vostres persones nodriments e bens voliets obrar massades per ço que pus segur de nit e de día vostres besties e nodriments…[7]. El suplicatorio había sido cursado por los munícipes de la villa, en su totalidad de ascendencia islámica: “suplicacio a mes feta per los feels e amats nostres Caat Firam alcadí, et Acem Abencelema e Hamet Abaex e Abrahim Alenjoma e Mahomad Almorçi jurats e aljames de la dita nostra vila d´Asp…[8].
Los Corella convinieron en reducir la parte del diezmo que percibían en el fondon dellà, rebajándolo desde 8 cahices 1, a otro canon más benévolo para el labrador, fijándolo en un tributo señorial de 12 cahices 1.
            Durante la etapa mudéjar y morisca, la labranza de los predios hondonenses fue incrementándose  a medida que creció la población. La siembra de cereales -en especial trigo y cebada- fue el cultivo preponderante en esta época. Los mudéjares aspenses extendieron sus labrantíos hasta las tierras del Hondón de Orihuela, tal como anota mosén Pedro Bellot, expresando: En el año 1469, Asnar Rosell, procurador de Elda, rogó al consejo [de Orihuela] dejasen labrar a los moros de Aspe en el Fondón, y por contemplación al Conde, se le concedió licencia, con tal que manifestasen allí el diezmo y no labren en labradas de vecinos de Orihuela. Asimismo en 1495: ”Avisó el consejo [de Orihuela] al baile de Aspe mandase a sus moros no labrasen en los fondones, que los quería repartir entre sus vecinos. Y respondió que no repartiesen las tierras, que vecinos de Aspe tenían labradas con licencia de Orihuela.[9]
            Las escrituras notariales de 1593, nominan a diversos moriscos, Alonso Mofadal, Belandino Alcoy, Françés Alcoy, Baltasar Mayayo, Llois Firam, Llois Huleyles[10] como propietarios de casas de labranza o parte de ellas en los Hondones, denominadas palaus o palacios, que fueron conformando un caserío junto a la ermita. Del mismo modo eran propietarios de tierras que transferían en herencia o compraventa a sus familiares y convecinos. La expulsión de los moriscos hispanos en 1609, vino a desalojar el 88 % de la población que residía en Aspe en ese año. Pese a la  incorporación de repobladores venidos en su mayoría de los pueblos circunvecinos, el vecindario de Aspe había mermado 2/3 partes en 1611, momento en el que se rubrica la carta puebla, rondando la población los 160 vecinos –cabezas de familia-. La expatriación morisca trajo consigo la despoblación de la villa y el abandono de cultivos, registrándose una mayor incidencia en los parajes de los Hondones al hallarse más distantes del núcleo urbano.
            La población de Aspe permaneció estancada durante la primera mitad del siglo XVII, el censo de 1646 registra 195 vecinos[11], y comenzará a detectarse una notoria recuperación en las últimas décadas del siglo XVII, contabilizándose 360 vecinos en 1686[12] -cabezas de familia-. El crecimiento demográfico vino determinado por una mejora de las condiciones sanitarias que posibilitó un mayor crecimiento natural, más el establecimiento de nuevos moradores  oriundos de otras poblaciones.
            Durante los siglos XVII y XVIII, los Hondones de la villa de Aspe eran conocidos mediante dos denominaciones. Por un lado, las tierras emplazadas más próximas al santuario mariano, conocidas como el Hondón de la Ermita. Por otro, las tierras más distantes, conocidas como el Hondón de la Balsa, -actualmente el Rebalso- posiblemente porque contenía una zona endorreica o rebalso de agua[13], donde se formaba una laguna.
            En las postrimerías del siglo XVII e inicios del XVIII comenzaron a asentarse en los Hondones pobladores provenientes de Monóvar, cuyo flujo persistió gran parte de la centuria. Prontamente, comenzaron a surgir desavenencias entre el Cabildo aspense y los nuevos moradores de los Hondones, dando lugar a sucesivos litigios, resueltos ante el Tribunal del Intendente de Valencia. La causa de las disputas era recurrente, los vecinos originarios de Monóvar se consideraban terratenientes en los Hondones –es decir propietarios de tierras de cultivo – pero sin residencia permanente en estos parajes sino en Monóvar, donde conservaban sus viviendas y atendían las obligaciones y contribuciones vecinales. El Ayuntamiento de Aspe mantenía un punto de vista opuesto, les consideraba plenos vecinos de la villa, al considerar que residían la mayor parte del tiempo en término de Aspe y por consiguiente, precisados a cumplir con los tributos y obligaciones que conllevaba la residencia en el municipio. Hasta el momento, tenemos documentados 4 pleitos en el siglo XVIII.

            Pleito de 1729.

En 1728, el Cabildo aspense había incluido en el reparto del impuesto del Equivalente[14] a varios propietarios de tierras en los Hondones. Éstos se consideraban vecinos de Monóvar, donde justificaban tener su casa y familia, e instaron una queja ante el Intendente de Valencia en 1729,  objetando que no se les había considerado terratenientes –poseedores de tierras– sino vecinos del municipio de Aspe. A tenor de la reclamación, Francisco Salvador de Pineda, intendente del Reino, remitió una misiva al Consistorio aspense signada el 22 de febrero de 1729, en la que recriminaba a los capitulares aspenses por no conducirse conforme a la normativa dictada por su Majestad para el pago del Equivalente[15]. Según el Intendente, si los demandantes poseían haciendas en los Hondones, y las hubieren arrendado a terceros, debían tributar un 8% del valor líquido de la tierra, una vez rebajadas las cargas. Si en cambio, eran cultivadores directos de las haciendas, aunque tuvieran su domicilio en Monóvar, debían tributar un 12 % de dicho valor. Pineda apercibió a los munícipes aspenses para que aplicasen correctamente la normativa, amenazándoles con una sanción de 200 libras y otras medidas punitivas.
No conforme con las providencias dictadas por el intendente Pineda, el Cabildo aspense designó a Juan Bautista Navarro como apoderado, que interpuso una reclamación ante el tribunal del Intendente. En su petición, Navarro manifestaba:
“Que Francisco Tortosa y otros, que residen en el término de dicha villa con sus casas y Haciendas, en el distrito llamado del Hondón, permaneciendo así de más de 20 años a esta parte, acudieron a V. S. con la queja de que siendo terratenientes de dicha villa mi parte, les pretendía ésta tratar como vecinos en los impuestos del equivalente y demás, suponiendo que lo serían de la de Monóvar, y en vista de su representación, Vuestra Señoría a la de Aspe mi parte, con carta de 22 de febrero, ordenó que no se les molestase ni les hiciese contribuir, sino en  aquello a que estuviesen obligados como terratenientes, conforme a las ordenes de su Majestad. Y respecto el que fue siniestra la representación que hicieron en este asunto, porque son y han sido vecinos de la villa mi parte, quien quedaría gravemente perjudicada sino contribuyesen como a tales en ella...[16]
Navarro afirmaba que Francisco Tortosa y sus compañeros eran vecinos de Aspe, por tanto debían contribuir como tales vecinos y no como terratenientes, habiendo presentado una exposición de los hechos mal intencionada ante la Intendencia. Por dicho motivo, Navarro solicitaba que el Intendente dictara providencia para que los implicados nombrasen un procurador judicial a fin de dirimir las diferencias en pleito. Petición aceptada por el Intendente que despachó mandamiento para que en el plazo de 15 días, Francisco Tortosa y convecinos nombrasen un representante. Desconocemos como se resolvió el litigio.
Vista de la parroquia de Monóvar




Pleito en 1740

            Un decenio más tarde, Isabel Ana Cerdá de 45 años de edad, viuda de Joseph Tortosa y su sobrino Francisco Tortosa de 24 años, emprendieron un pleito judicial contra el Ayuntamiento de Aspe, de nuevo, interpuesto ante la Real Audiencia de Valencia, con la pretensión de ser excluidos del pago del Equivalente y demás contribuciones vecinales asignadas por el Consistorio, pues seguían considerándose  vecinos de Monóvar y no de Aspe.  El voluminoso expediente nos permite conocer un buen número de derechos y obligaciones inherentes a la condición de ser vecino de Aspe en el siglo XVIII[17].
            Las partes litigantes nombraron a sus respectivos procuradores judiciales a fin de ser representados en la corte del Intendente en Valencia. La familia Tortosa designó a Francisco Antonio Ferriz, que interpuso un pedimento ante la audiencia valenciana en abril de 1740, alegando las siguientes razones para la demanda:
·         Sus representados eran y habían sido siempre vecinos y moradores en  Monóvar al igual que sus antecesores, teniendo sus viviendas en dicha villa.
·         Que sus antecesores habían concurrido a la extracción de cargos concejiles en Monóvar.
·         Que en la villa de Monóvar pagaban el impuesto del Equivalente relativo al consumo y propiedades.
·         Que la familia Tortosa tenía propiedades en el Hondón, término de la villa de Aspe, a las que se desplazaban por el tiempo necesario para sembrar y recoger las cosechas, sin dejar de ser vecinos de Monóvar.
·         Que el Ayuntamiento de Aspe les estaba repartiendo el impuesto del Equivalente en su totalidad, alegando los denunciantes que no les consideraba plenos vecinos de Aspe, -además de que ellos no querían serlo-, pues no les permitían pastar sus ganados en las hierbas del término, no habían hecho uso del médico y comadrona de la villa, cuya asistencia era gratuita para los vecinos de Aspe, al abonarles el sueldo el Ayuntamiento.
·         Que jamás habían tomado simiente para sembrar sus tierras del Montepío de Granos de la villa de Aspe.
·         Que era cierto que concurrían a los molinos de la villa de Aspe para moler el grano, de igual modo que hacían los habitantes de toda la comarca.
·         Que no estaban incluidos en el padrón de la villa de Aspe, ni nunca habían participado como posibles candidatos electos al Ayuntamiento de Aspe, sí en cambio a la de Monóvar.

            El proceso judicial se dilató durante un año, ya que el juez instructor y las partes implicadas fueron solicitando probanzas, certificaciones y testigos para aportar a la causa. El sumario tomó inicio  tras requerir el Intendente de Valencia, Joseph de Fons de Viela, que sendas villas expidieran certificados de empadronamiento de los litigantes.
El  escribano de Aspe certificó que Francisco Tortosa e Isabel Ana Cerdá estaban incluidos en el reparto del impuesto del Equivalente según sus haciendas y que no constaba que hubieran desempeñado cargos públicos en Aspe. Asimismo, el escribano de Monóvar refrendó el empadronamiento de la familia Tortosa en la referida villa, habiendo abonado el pago de la sal y Equivalente. También que Joseph Tortosa había sido propuesto en Monóvar para el cargo de regidor en los años 1734 y 1735, y que Francisco Tortosa, padre del demandante, fue regidor en 1737.
Agustín Bonet, representante del Cabildo áspense en la audiencia de Valencia, esgrimió las siguientes razones a favor de la villa de Aspe:
·         Que las disposiciones legales permitían que una persona pudiera tener dos domicilios contribuyendo en ambos a las cargas concejiles según los bienes que poseyera.
·         Que la familia Tortosa realizaba el cultivo ininterrumpido de su hacienda en el Hondón desde hacía unos 40 años, donde sus antecesores habían tomado residencia permanente en sus casas, y allí se habían criado los demandantes, sus hermanos y familias.
·         Que habían utilizado las hierbas del término para pastar sus ganados.
·         Que habían cortado leña seca en el término y pinos vivos para realizar obras sin abonar ningún dinero.
·         Que se habían valido del médico y comadrona de la villa, así como de la tanda de preferencia en el molino que tenían los vecinos de Aspe, respecto a los habitantes de la comarca.
·         Que habían tomado granos del Pósito de la villa para las sementeras.
·         Que Francisco Tortosa, abuelo y suegro de los litigantes falleció en el año 1738 en Hondón, administrándole el cura de Aspe los sacramentos, siendo enterrado en la parroquia de Nuestra Señora del Socorro.

El apoderado de Aspe cursó un pedimento al Intendente para que los escribanos de sendos municipios certificasen desde qué años los querellantes estaban pagando el Equivalente y por cuales  propiedades. Y que el administrador del Pósito de granos de Aspe, notificase la simiente anual que se les había suministrado a los reclamantes y sus antecesores.
El escribano de Monóvar certificó que desde 1717 hasta 1727, ambos demandantes habían contribuido con 2 libras -20 reales plata-. A partir de 1727 Joseph Tortosa pagaba 2 libras y 7 sueldos al incluirse una casa que habían adquirido en Monóvar abonándola hasta el año 1736 en que falleció, prosiguiendo su viuda Ana Isabel. A partir de 1729, Francisco Tortosa padre,  le correspondió pagar 2 libras, 6 sueldos y 2 dineros hasta el año 1739 en que expiró. Y Francisco Tortosa y Cerdá su hijo, tributó en 1736 1 libra, 6 sueldos, 6 dineros, aumentando en 1737, año en que se casó, a 2 libras 4 sueldos y 4 dineros por haber adquirido una casa en Monóvar, continuando hasta la fecha.
El escribano de Aspe relacionó las propiedades que regentaban los demandantes en los parajes de Hondón, según constaba en el libro de apremios de hacienda de la villa. Era manifiesto que gozaban de una posición económica  muy desahogada, con dilatadas extensiones de tierra en el campo hondonense, disponiendo de personal asalariado a su cargo para el cultivo.

      POSESIONES  DE  FRANCISCO  TORTOSA                   VALOR  ESTIMADO
-          1 cahizada[18] en el Hondón de la Ermita                                             40   libras
-          2 cahizadas en la Simola                                                                      100   libras
-          1 cahizada en la Simola                                                                          45   libras
-          ½ cahizada, en parte plantada de viña                                                    40   libras.
-          1 cahizada en el Hondón de la Ermita                                                   70   libras.
-          1 bancal de tierra en el camino de los pozos                                         50   libras.
-          1 cahizada en la Alguasta                                                                      40   libras.
-          3 refacciones en la Alguasta                                                                  36   libras.
-          2 cahizadas y media que compró a su padre en la Alguasta                120   libras.
-          1 refacción en la Alguasta                                                                     12   libras.

La hacienda de Francisco Tortosa superaba las 370 tahúllas con un valor estimado de 550 libras. En el año 1740, el Ayuntamiento de Aspe le aplicó una contribución de 114 reales plata y 3 dineros, desglosados en 92 reales y 15 dineros por el valor de su hacienda, 1 real y 15 dineros por el valor de una casa de morada en Hondón, 9 reales y 21 dineros por  bagajes (animales de labor y carga) y 10 reales en calidad de vecino.

      POSESIONES  DE  ISABEL  ANA CERDÁ                         VALOR  ESTIMADO
     -    Todas las tierras de Vaizombra y bancales al arrimo de la casa          300   libras.
     -    1 pedazo de tierras en dicho Hondón                                                    10   libras.
     -    1 pedazo de tierra sobre la Alguasta                                                     80   libras.
     -   1 refacción en la Alguasta al arrimo del Aljibe                                     10   libras.
     -   1 refacción en la Alguasta                                                                     12   libras.
     -   1 cahizada en la Simola                                                                         60   libras  
     -  6 refacciones en el Bayón                                                                     210   libras.
     -  1 cahizada en la Simola parte plantada de viña, que era de su suegro   50  libras.
     -  7 cahizadas en el Rincón [de Mingot]                                                   260  libras
     -   La tierra que tiene desmontada junto a las siete cahizadas                   40  libras.             
            La hacienda de Isabel Ana Cerdá resulta más complicada de estimar, pero rebasaba las 600 tahúllas de tierra en los Hondones. En 1740 se le repartió 190 reales plata y 6 dineros de contribución por el valor de sus heredades, que ascendían a 1.032 libras, más 1 real 6 dineros por la casa de morada, 9 reales y 21 dineros por los bagajes valorados en 70 libras, y 3 reales por razón de vecina.
El Ayuntamiento de Aspe acreditó como prueba adicional, un memorial dirigido a los capitulares aspenses, instado por Francisco Tortosa, Isabel Ana Cerdá, Damián Vicedo y Diego Prieto, fechado el 15 de mayo de 1740, que como vecinos habitadores en el Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves, solicitaban que se ampliase en la ermita de Hondón el servicio de misas los domingos y festivos, pues por las necesidades de las tareas agrícolas, algunos habitantes quedaban sin la debida asistencia religiosa:
Que hallándonos asistidos a toda satisfacción del nuevo capellán de la ermita mosén Juan Cerdán de Beneit, tanto en lo espiritual como en lo temporal, se experimenta que en tiempo de sementera y otras labores que precisan decir la misa antes del día, como en las demás fiestas del año, faltan precisamente a ella muchos que tienen sus casas y labranzas algo distantes, y aunque venga alguno a tiempo, es preciso que quede otro a guardarla cuidando de sus averías, que regularmente quedan sin misa, que dicho inconveniente se evitará suplicando Vuestras Señorías al Sr. Obispo conceda a dicho capellán u a otro en su defecto la facultad de decir dos misas todos los domingos y fiesta del año...[19]
El Cabildo áspense dio curso a la petición, remitiéndola al obispado oriolano. El memorial nos sitúa en los años precedentes a 1746, momento en que el obispo Gómez de Terán instituye la creación de la parroquia de Hondón de las Nieves, erigida sobre la antigua ermita, al haberse verificado carencias en la asistencia religiosa que recibían los vecinos de Hondón, dotando a la nueva parroquia de jurisdicción eclesiástica propia sobre la de Aspe.
Parroquia de Hondón de las Nieves
           Un notario aspense revisó los libros del Pósito de Granos desde 1726 a 1739, certificando que a Francisco Tortosa Juan -padre-, ya difunto, y después a Francisco Tortosa Cerdá, litigante, su hijo, se les había entregado grano. Asimismo a Joseph Tortosa Juan, difunto, y a su esposa Ana Isabel, les habían repartido diferentes porciones de trigo y cebada del Monte de Piedad  en esos años.
A fin de reforzar los argumentos esgrimidos en el proceso judicial,  los procuradores solicitaron aportar la concurrencia de testigos como prueba en el sumario. Las preguntas dirigidas a los declarantes de ambas partes, fueron sometidas a la supervisión del Intendente, que dio su visto bueno. Un escribano valenciano se desplazó a Monóvar para tomar declaración a los testigos. Los vecinos Leonardo Mira, cirujano, Pablo Tomás, Juan Sánchez de Diego, Patricio Albert, Pedro Molina, Silvestre Esteve, Juan Albert de Juan, Juan Payá de Onofre, labradores, y Felipe Cirera, vicario de la iglesia parroquial. Con  testimonios  coincidentes, afirmaron que:

·         Francisco Tortosa tenía su vivienda en Monóvar en la calle de la Fuente de Abajo, al igual que Isabel Ana Cerdá, que vivía enfrente de Francisco.
·         Eran parroquianos de Monóvar donde se les administraban los sacramentos, Isabel Ana tenía derecho de entierro en la capilla del Santo Cristo. El vicario les había asistido en la dispensa de los sacramentos, etc.
·         Estaban incluidos en las lista de reparto de impuestos, ya que Pablo Tomás y Juan Payá habían sido alcaldes y regidores, habiéndoselos cobrado. 
·         Igualmente siendo alcaldes, les habían asignado hospedaje de soldados en sus casas y había conducido equipajes cuando les tocaba el turno. Si no se encontraban en la villa se les daba razón. Isabel Ana, por ser viuda, contribuía con ropa para componer camas  a los soldados en otras casas.
·         Se les repartía el impuesto de la sal, y se les encabezaba en la bula de la Santa Cruzada
·         Los parientes Bernardo Tortosa y Joseph Tortosa, tíos, habían sido regidores en Monóvar, al igual que Francisco Tortosa padre.
·         Que se valían del médico y comadre de Monóvar y no de los de Aspe, no tomaban grano del Montepío, ni pastaba su ganado en las hierbas del término de Aspe.
·         Que los querellantes concurrían a moler el grano a Aspe como cualquier habitante de la comarca, del  mismo modo que habían hecho algunos de los testigos.
·         Sólo habitaban en Hondón el tiempo necesario para las siembras y cosechas sin abandonar sus casas de Monóvar.

Esteban Aracil, alcalde de Monforte del Cid, fue comisionado para tomar declaración a los testigos presentados por el representante del Cabildo aspense. Los declarantes Lorenzo Cerdá, Vicente Leal, Martín Pérez de Tomás, Joseph Pérez de Gil, y Onofre Rico eran vecinos residentes en los Hondones y naturales de la villa de Monóvar. Tomás Galvañ, Joseph Pérez de Botella, Ginés de Merlás, Joaquín Pujalte, Jaime Cerdán de Botella y Francisco Espinosa de Pastor residían en la población. En sus declaraciones manifestaron:

·         Los testigos monoveros afincados en los Hondones testificaron que Francisco Tortosa, abuelo y suegro respectivamente de los demandantes, se asentó en el Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves hacía unos 40 años, abriendo casa y residiendo permanentemente en este paraje, criando a sus hijos Francisco y Joseph. Aserción que sustentaban los declarantes por haber convivido junto a ellos o haberlo oído contar a sus padres. Igualmente contribuían con las cargas estatales y concejiles, pero ignoraban si como vecinos o terratenientes.
·         Tras los fallecimientos de Francisco Tortosa, abuelo y padre, los denunciantes permanecieron en su residencia de Hondón, habían pastado sus ganados en las hierbas del término de Aspe, habían cortado leña seca para su consumo, teniendo Ana Isabel una pila en la puerta de su casa de Hondón, cuyo valor se estimaba en más de 40 libras, habían cortado pinos vivos para la realización de obras sin abonar nada, de igual modo que los vecinos del municipio, únicamente pidiendo licencia al gobernador de la villa. Jaime Cerdán, alguacil de campo y monte, les había sorprendido haciendo leña y cortando pinos vivos, habiéndoles pedido la licencia, que se la mostraron firmada por el gobernador de la villa, así como les había encontrado pastando el ganado en el término sin llamarles la atención porque sabía que eran vecinos.
·         Varios testigos indicaron que los denunciantes y otros moradores del Hondón, estando enfermos, vinieron a la villa de Aspe asistiéndoles el médico. Así como en diversas  ocasiones, el médico acudió a Hondón para visitar a los susodichos, desconociendo si le habían remunerado con algún estipendio.
·         Algunos declarantes habían concurrido al Molino del Río coincidiendo con los demandantes, donde sólo los vecinos tenían tanda de prioridad sobre los forasteros. De dicha preferencia se habían valido los litigantes y sus antecesores. Francisco Espinosa, molinero del Río en 1737, molió muchas veces los granos que traían los litigantes o sus criados, dándoles sus tandas como vecinos, Este privilegio prohibía que los vecinos de Aspe pudieran ir a moler a otros molinos fuera del término bajo ciertas penas. Habiéndolo hecho Isabel Ana, se querelló el testigo y le hizo pagar el derecho de molienda. Joaquín Pujalte, alcalde en 1738, recibió la denuncia del molinero del Río, siendo Ana Isabel multada y apercibida para el futuro.
·         Que el Monte de Piedad o Pósito únicamente repartía granos a los vecinos en tiempo de sementeras, y de dicho privilegio habían disfrutado los demandantes y sus predecesores a proporción de sus tierras. En alguna ocasión no necesitaron granos, dejándolos para la asignación a otros vecinos. Y que jamás, el Pósito había repartido simiente a los sujetos que no eran vecinos de la villa, aunque fueran vasallos del duque de Arcos, residentes en otros pueblos de su dominio.
·         Que habían visto a los sacerdotes de la villa dispensar los santos óleos a Francisco Tortosa y traerle a la parroquia de Aspe para dar sepultura.
·         Que poseían abundantes tierras y gozaban de buena posición económica sin poder estimar su valor.
·         Que Francisco Tortosa tenía una casa en Monóvar. E Isabel Ana Cerdá poseía dos casas en la misma villa, una para su uso y otra arrendada, más 18 jornales de tierra en las casas de Costa, en el paraje del Pinoso. La mayor parte del tiempo las tenían cerradas por habitar continuamente en los Hondones, al igual que sus empleados. Que no necesitaban desplazarse a Monóvar para oír misa, ya que disfrutaban del beneficio de tener misa diaria, y la asistencia permanente de un sacerdote que moraba continuamente en el pago de la ermita de Ntra. Sra. de las Nieves, sustentado mediante las limosnas aportadas por el Duque de Arcos, coincidiendo algunos testigos con los litigantes en la celebración del culto.
·         Que las casas de los Hondones pertenecientes a Francisco Tortosa e Isabel Ana Cerdá distaban cerca de legua y media de la villa de Aspe, por cuyo motivo no se le adjudicaban alojamientos ordinarios de tropas y bagajes, nada más que en ocasiones de tránsito de mucha tropa, donde no quedaba eximido ningún vecino.
·         Que los Duques elegían a los cargos concejiles sin proposición de candidatos por parte de la villa.
·         Que resultaba un perjuicio para los moradores de los Hondones, ser designados  por el Duque para un cargo municipal, ya que era obligatorio mudar de residencia y tomar casa en la villa de Aspe para atender a las exigencias del empleo, abandonando sus labranzas en los Hondones.
Los procuradores continuaron argumentando sus postulados y refutando las declaraciones formuladas por los testigos de la parte contraria. Un notario de Aspe certificó que en algunos años los litigantes habían pagado la parte proporcional del diezmo de cabritos al colector de rentas de Aspe. El procurador Bonet argumentaba que no tenían hacienda de consideración en Monóvar, permaneciendo la mayor parte del tiempo en los Hondones al cuidado de sus haciendas. Asimismo que los demandantes tan sólo aparecían en el listado de confesión y comunión confeccionado por la parroquia de Monóvar en la Pascua del año 1740, con clara intencionalidad  de figurar en dicho registro.
El cura parroquial de Monóvar certificó que Francisco Tortosa Juan y Joseph Tortosa Juan habían nacido en Monóvar en 1688 y 1691. Asimismo, que se habían desposado en Monóvar con las hermanas María e Isabel Ana Cerdá en 1715 y 1716. Y  que el nieto Francisco Tortosa Cerdá, se había casado en Monóvar con Magdalena Verdú en 1735.
Una vez valorados los argumentos y pruebas presentados por los dos procuradores, el Intendente Joseph de Fons de Viela dictó sentencia el 11 de julio de 1741, estimando como poco probadas e inconsistentes las pruebas presentadas por Ferriz, apoderado de la familia Tortosa. Así mismo como bien probados los argumentos presentados por Agustín Bonet en nombre de la villa de Aspe, declarando a Francisco Tortosa e Isabel Ana Cerdá como vecinos de Aspe, y por tanto sujetos a las contribuciones reales y vecinales asignadas por la villa, y sin ajustar costas a las partes. La sentencia no fue apelada por los denunciantes y el tribunal ratificó el veredicto el 12 de agosto de 1741.

Pleitos en 1762 y 1766.

Plaza Mayor de Hondón de las Nieves
En la década de 1760 proseguían las discrepancias. El 20 de octubre de 1762, los capitulares aspenses ordenaron a Vicente Alenda, -tesorero de las arcas municipales- que abonase 10 reales a Bernardo Muñoz: “por el pedimento que hizo a instancia de dicho síndico sobre la sentencia ganada por esta villa contra los moradores del pago del Hondón naturales de la de Monóvar…[20]. En esta ocasión, el contencioso estuvo motivado por un intento de eludir el alistamiento de quintas. Al mes siguiente, los munícipes aspenses ordenaron un nuevo pago «a don Domingo Pacheco, escribano de Orihuela, sesenta y ocho reales: los mismos que esta villa le está debiendo, por igual cuantía que pagó por la misma a don Manuel Armengol, abogado y procurador de dicha ciudad de Orihuela, por sus derechos en el expediente que esta villa ha seguido con la de Monóvar, sobre que algunos vecinos de la de Monóvar habitantes en este término, se han querido eximir a la concurrencia de Quintas, de que se dio queja por dichos individuos al Señor Intendente General de este Reino…[21]»
            Las actas capitulares recopilan una nueva disputa en 1766. El regidor aspense Bernardo Muñoz denunció ante el Intendente de Valencia la situación de desigualdad que padecían los vecinos de Aspe respecto a los moradores de los Hondones, naturales de Monóvar. Los vecinos de Aspe tenían que soportar alojamientos de tropas, bagajes y turnos de guardia, circunstancias que eludían los habitantes de los Hondones por su distanciamiento de la población.
 «(...) que diferentes vecinos de esta Villa, Moradores en el Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves, y en el de la Balsa, en donde tenían sus Haciendas, y habitaban la  mayor parte del año, con el motivo de tener estos casa abierta en la villa de Monóvar, de donde también eran vecinos y en dhos Hondones, por no tener casa abierta en la población de esta villa, no sufrían  las cargas vecinales, y personales a que están sujetos todos los vecinos, como son alojamientos de soldados, así de tránsito como de tropa permanente, bagajes para pobres enfermos transeúntes, hacer guardias y otras cargas a este tenor, lo que era  en grave perjuicio de este común de vecinos, que las toleraban y cumplían con la mayor exactitud y que habiéndoles mandado tuviesen casa abierta en esta Villa (Aspe) para llevar con igualdad dhas cargas, se excusaban a ello…[22]»
 El regidor solicitó al Intendente que los vecinos de los Hondones abrieran casa en la población de Aspe, para compartir con igualdad las cargas vecinales. Los vecinos de Hondón se opusieron a este requerimiento del Cabildo. Desconocemos el desenlace que pudo tomar el asunto, pero resulta poco probable que el Intendente dictara resolución favorable a la villa de Aspe, obligando a que los vecinos de Hondón abrieran casa en el núcleo urbano del municipio.

Estos reiterados desencuentros entre el Consistorio aspense y los moradores de los  Hondones tuvieron derivación al campo religioso. Surgieron desavenencias entre el Ayuntamiento de Aspe y el párroco de Hondón, motivados por los traslados y estancias de la Virgen de las Nieves a Aspe, teniéndose que  ajustar unos acuerdos en 1769 y 1776, -por otro lado necesarios para estipular unas normas- conocidos como primer y segundo concordato.

Registros Notariales.

Los protocolos notariales contienen numerosas referencias sobre la procedencia monovera de los pobladores de  los Hondones en el siglo XVIII. Algunas reseñas lo manifiestan expresamente[23]:  
- En 1721 Damián Rico, junto a dos vecinos de Aspe, se obliga a pagar  280 reales por 4 cahíces de trigo, expresando que es “de la villa de Monóvar y terrateniente en los Hondones de esta villa”.
Traslado de la Virgen de las Nieves a Hondón
- En 1722, Joseph Cerdá y su madre María Verdú: “vecinos de la villa de Monóvar y moradores en la partida de el ondon de la ermita”, contrajeron la obligación de abonar 247 reales y 12 dineros, por la compra de una partida de vino a Juan Sánchez.
- En 1734, Lorenzo Cerdá, Joaquín Cerdá, Joseph Cerdá y Juan Félix; “naturales de la villa de Monóvar y al presente vecinos de Aspe, moradores en el pago de los Hondones”, se comprometieron a pagar 1.261 reales y 9 dineros por el valor de 57 arrobas y 8 libras y ½  de lana fina, que les vendieron Juan de Laorga y otros vecinos.
- En 1735, Juan Cerdán o -Serdá- de Pastor: “natural de Monóvar y residente en los Hondones de Nuestra Señora de las Nieves” otorgó carta de pago, reconociendo que había recibido 25 libras por el valor de 100 cántaros de vino vendido.
- Igualmente en 1735, Lorenzo Cerdán y Josep Vidal menor:”naturales de la villa de Monóvar y moradores en el campo y término de esta villa, adquirieron el compromiso de satisfacer 383 reales a Francisco Espinosa por el valor de 191 cántaros y ½  de vino.
 - En el mismo año, Joaquín Vidal: natural de la villa de Monóvar y morador en el pago del Hondón de la Balsa, se obligó a abonar 295 reales al colector de rentas Francisco Areco, por una sanción impuesta al haber realizado una tala ilegal de pinos y fabricación de carbón. 
- En 1746, el presbítero Francisco Coloma reconoció haber recibido 350 libras de Francisco Boix, vecino de la villa de Monóvar, resto de una deuda principal de 550 libras, por el valor de un palacio en el Hondón y diferentes pedazos de tierra.
- En 1750, Francisca Alenda, viuda de Diego Prieto, contrajo segundas nupcias con Sebastián Tortosa, mancebo, natural de la villa de Monóvar y morador al presente en el pago del Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves de esta jurisdicción. Entre los bienes aportados se hallaba: otra casa de morada de las que vulgarmente llaman palacios en el pago de Ntra. Sra. de las Nieves, lindes con palacio de Juan Félix Cerdá, con dicho de Julián y Vicente Leal y con plazuela de la parroquia de Ntra. Sra. [de las Nieves] en 820 reales.
            - En 1752, la familia Tortosa realizó la división de bienes pertenecientes a la herencia de Francisco Tortosa –abuelo- entre sus herederos estaban Tomás Tortosa, Francisco Tortosa, Joseph Cerdá como marido de Estefanía Tortosa, e Isabel Ana Cerdá, viuda de Joseph Tortosa. Dentro del cómputo de bienes se asignó:”un palacio del que recayó en dicha herencia, que hoy se halla derruido y pro indiviso sito en las casas de dicho Hondón (…), el linde al presente de una parte con palacio de Francisco Boix, por otra con el de Juan Esteve, de otra con calle, y de otra con tierras que hoy posee el cura de la parroquia de Ntra. Sra. de las Nieves.
            - En 1753, el presbítero mosén Joseph Muñoz, arrienda a terraje una casa y tierras a Asencio Azorín y Verónica Blanes, vecinos de la villa de Monóvar, en el paraje hondonense del Rincón de Mingot.
            - En 1767, Francisco Tortosa y Antonia González, consortes, instituyen su testamento conjunto, declarándose vecinos de la villa de Monóvar y moradores en el Hondón de Ntra. Sra. de las Nieves.
            -  En 1785 Manuel Beltrán arrienda a terraje las tierras y heredad que poseía en el Hondón de la Balsa “a Francisco González vecino de la de Monóvar, por diez años continuos.”
            No ofrece dudas el protagonismo que tuvieron los habitantes  de Monóvar en la repoblación de los Hondones durante el siglo XVIII. La villa de Monóvar no contaba con tierras de regadío que pudieran sostener una población en crecimiento. Por ello, un buen número de monoveros encontraron en los Hondones un lugar donde asentarse y prosperar poniendo en cultivo nuevas tierras. La afluencia de vecinos provenientes de Monóvar persistiría en etapas posteriores, pero muy atenuada, y entremezclada con personas procedentes de Aspe y  de otras poblaciones. Su impronta cultural ha dejado huella en los actuales vecinos de Hondón, en facetas tales como el uso del valenciano como lengua materna, en la vestimenta tradicional del municipio, en la gastronomía, etc.

  Gonzalo Martínez Español

  NOTAS



[1] MARTÍNEZ CERDÁN, C., MARTÍNEZ ESPAÑOL, G., SALA TRIGUEROS, F.P.: Devociones religiosas y lugares de culto en Aspe en la Época Moderna. Aspe, Ayuntamiento, 2005.
[2] SALA TRIGUEROS, F.P: “Monoveros en Hondón durante el siglo XVIII.” Revista Amanecer nº 14. Hondón de las Nieves, 2007.
[3] El documento ha sido referenciado por Francisco Pedro Sala Trigueros en su artículo: “Una de las primeras referencias: Las Hoyas de Aspe (1412) y  los Hondones (1429)”, pero sin transcribirlo dada su complicada caligrafía. Revista Amanecer 15. Hondón de las Nieves, 2009.
[4] Archivo Histórico Nacional Sección Nobleza. Baena Caja 165,  doc.  45
[5] RUBIERA MATA, Mª Jesús: “Toponimia árabe de Aspe”. La Serranica, Aspe, Ayuntamiento, 1982.
[6] A. H. N. Sección Nobleza. Baena Caja 165,  doc.  45.
[7] Ibídem.
[8] Ibídem
[9] BELLOT, Pedro: Anales de Orihuela. T II, pp. 297 y 328. Murcia, 2001.
[10] MARTÍNEZ ESPAÑOL, Gonzalo: “Una Mirada a la comunidad morisca de Aspe en 1593”: En La comunidad morisca en el Vinalopó IV centenario de la expulsión 1609-2009. Petrel, C.E.L. 2009, pp. 183-202.
[11] Archivo del Reino de Valencia. Generalitat doc. 4829.
[12] Archivo de la Corona de Aragón. Consejo de Aragón, Legajo 826, doc. 32. Súplica de la villa de Aspe para la concesión de una feria. Aspe, 24 de mayo de 1686.
[13] Francisca Pujalte lega en testamento a su hijo Pedro, una casa en dicho Hondón de la Balsa junto al Rebalso.  Archivo Municipal de Novelda. Protocolo de Francisco del Pilar 1732-40.  Testamento de Francisca Pujalte. Aspe 6 de Junio de 1733, fol. 39.
[14] Archivo del Reino de Valencia. Bailía. Procesos ante el Intendente  249 bis.
[15] El impuesto del Equivalente era una tributación de carácter estatal que el Estado aplicaba anualmente a los Ayuntamientos. La Corona fijaba una cantidad global a tributar, que el Consistorio debía repartir entre sus vecinos en proporción a sus casas, tierras, ganados e impuestos personales de consumo.
[16] A.  R. V. Bailía. Procesos ante el Intendente nº 249 bis.
[17] A. R. V. Bailía. Procesos ante el Intendente, documento nº 1387.
[18] La cahizada en Aspe tenía una extensión de 39 tahúllas. La refacción  correspondía a 10 tahúllas, y el jornal de tierra a 5 tahúllas aproximadamente.
[19] A. R. V. Bailía. Procesos ante el Intendente, documento  1.387, fol. 120.
[20] Archivo Diputación Provincial de Alicante. Cuentas del Ayuntamiento de Aspe 1760-72. Orden de pago del Cabildo Municipal. Aspe, 20 de octubre de 1762.
[21] Ídem. Orden de pago del Cabildo Municipal. Aspe, 16 de noviembre de 1762.
[22] Archivo Municipal de Aspe. Actas Capitulares 1764-66. Cabildo de 18 de Agosto de 1766, fol. 21 v.
[23] Archivo Municipal de Novelda. Protocolos de Aspe. Por orden cronológico las citas corresponden a los notarios: Francisco del Pilar 1721-1725, año 1721, fol. 2/v. Joseph Mazón 1718-22, año 1722, fol. 74. Joseph Pérez 1733-35, año 1734, fol. 72 y  año 1735, fol. 3, fol. 16 y fol. 17. Joseph Pérez 1743-46 año 1746, fol. 99/v. Joseph Pérez 1750-51, año 1750, fol. 108. Joseph Pérez 1752-55, año 1752,  fol. 108 y año 1753. Joseph Pérez 1766-71, año 1766, fol. 36. Ríos Muñoz 1785-1788, año 1785, fol. 20.













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