NOTICIAS SOBRE EL CULTO A LA VIRGEN DE LAS NIEVES EN EL SIGLO XVIII
Publicado en la revista La Ofra, 2003
En el transcurso del siglo XVIII se van a suceder una
serie de acontecimientos históricos, y en especial la conversión de la ermita
de Ntra. Sra. de las Nieves en Parroquia, que van a modificar la disponibilidad
en el traslado y estancia de la Virgen
de las Nieves desde su adoratorio de Hondón a la parroquia de Ntra. Sra. del
Socorro.
El Ayuntamiento de Aspe había ejercido la titularidad del
oratorio de los Hondones hasta la primera mitad del siglo XVIII, teniendo a su
cargo el mantenimiento adorno, y culto
de la ermita y su venerada Imagen, por lo que el Concejo gozaba de plena
autonomía para trasladar la Virgen de las Nieves a la Villa cuando lo
consideraba conveniente, ya que el santuario y su Imagen estaban custodiados
por un fraile, que era el responsable del mantenimiento del oratorio, y a la
vez el capellán que oficiaba las misas testamentarias encomendadas por los
vecinos de Aspe en la ermita.
El clérigo era designado por los Duques de Maqueda-Arcos
y percibía una pequeña retribución, probablemente a cargo de las rentas
patrimoniales del señorío. En un decreto expedido el 17 de febrero de 1731, la
Duquesa de Arcos hizo designación de un
nuevo capellán-custodio para el oratorio, nombrando al padre fr. Teodoro Rico[1], tras el fallecimiento del
hermano fr. Gabriel Rico, el cual había servido como encargado de la ermita
desde que fuera elegido por su Excelencia el día 24 de diciembre de 1728. En el
edicto se expresa:
«...Hallándome informada de la virtud y demás buenas
partes que concurren en el padre fr. Theodoro Rico, y que cuidará con el mayor
celo de aquel santuario, como Madre Tutora y Gobernadora de la Persona, bienes,
y estados del exmo Sr Dn Joachin Cayetano
Ponze de Leon Spinola de la Cerda. Duque
de Arcos y Maqueda mi Hijo Primogénito, y del dicho Eximo. Sr.
Duque mi Marido que haya Gloria, le elijo y nombro en el referido encargo de
Capellán de la expresada Ermita, para que lo sea en la conformidad que lo
practicaba el dho fr. Gabriel Rico, y demás sus Antecesores. Y mando se le
entreguen todas las Alhajas y ornamentos de dha ermita, y demás perteneciente a
ella por Inventario Jurídicamente y que se le acuda con lo que por razón de dho
encargo de tal Capellán debiere gozar...»
El Obispo de Orihuela, Elías Gómez de Terán confirió el
rango de Parroquia a la ermita de Ntra. Sra. de las Nieves en el año 1746. El
designio estaba motivado por el incremento demográfico que se estaba experimentando
en estos parajes, tras el asentamiento
de numerosos pobladores originarios de Monóvar. Estos vecinos quedaban sin la
debida asistencia religiosa y habitualmente no recibían los santos
sacramentos (bautismo, extremaunción,
etc.), que debía administrar un sacerdote, pues esta circunstancia venía originándose por la lejanía de la
parroquia de Aspe.

A lo largo de la centuria, los vecinos de Aspe demandaron
reiteradamente la presencia de la venerada Imagen en el municipio, para poder
realizar rogativas en pro de lluvias, o para el cese de calamidades y
enfermedades públicas, o en acciones de gracias y festejos. El Consistorio
aspense, tras acuerdo del pleno municipal, determinaba la fecha de la venida de
la Imagen a la parroquial de Ntra. Sra. del Socorro, participándoselo al clero,
y también fijaba la jornada de retorno a su santuario. Tras la nueva demarcación
eclesiástica, el Concejo aspense debía avenirse con el cura-rector de las
Nieves, para compartir la preciada Imagen, aunque hasta ese momento se carecía
de una normativa específica que regulara la conducción y permanencia de la
Virgen en la Villa.
La escasez documental impide conocer con detalle las
estancias de la Virgen en Aspe, aunque la presencia de la venerada Imagen está
documentada en la calamitosa epidemia de fiebres tifoideas que se desata en el
municipio a principios de agosto de 1757, siendo Ntra. Sra. de las Nieves
trasladada. en rogativa a Aspe y procesionando por las calles de la Villa para implorar el cese de las dolencias[3].
En los libros de cabildos de 1764-72, únicas actas del
siglo XVIII que se conservan en el archivo municipal de Aspe, se incluyen
algunos acuerdos municipales que hacen referencia al traslado y culto de la
estimada Imagen al templo de Ntra. Sra. del Socorro. El síndico procurador de
la villa, solía exponer en el pleno municipal las demandas populares para que
se trasladara la imagen a Aspe. Así en el cabildo de 10 de marzo de 1764, el
síndico expone la urgente necesidad de lluvias que tenían los campos, estando a
punto de perderse las simientes, por lo que suplicaba al Concejo municipal lo
siguiente:
«... y pidiendo eficasmente a dhos señores se
dignasen determinar traer de Rogativas a la Milagrosa Imagen de Nra. Señora de
las Nieves, Patrona de esta villa, de quien confiaban intercediese con su
preciosísimo hijo, nuestro Redentor jesuchristo, para que aplicando
su justa indignasion se sirva franquearnos sus divinas misericordias en el
abundante Rosio que por la intercesion de dha soberana reyna esperan
conseguir...»[4]
Tras haberse reconocido las tierras que conformaban el
término y haberse verificado la apremiante necesidad de agua, las autoridades
acordaron en el cabildo de 13 de marzo, que se trajera a Ntra. Sra. de las
Nieves de rogativa el domingo, 18 de marzo, en la forma acostumbrada, pasándole
recado al clero parroquial de la Villa y realizando bando público para
conocimiento de todos los vecinos.
En una nueva junta municipal celebrada el 27 de marzo, el
Concejo resuelve retornar la imagen a su templo serrano el lunes 2 de abril,
tras haber llovido y ante la inminencia de la Semana Santa, festejándose la despedida
a la Virgen con una solemne ceremonia de acción de gracias e iluminando los vecinos la población durante
tres días:
«...que siendo notorio havernos la divina Magestad favorecido mediante
la intercesión de su santissima Madre bajo el titulo de las Nieves, con el
Rosio del agua que tanto deseabamos, y siendo preciso dar las gracias en el
modo possible a esta divina señora, y que concluida dha funcion atendiendo a la
proximidad de la semana santa, por cuyo motivo no podía esta gran Reyna
permaneser por mas tiempo en esta Parroquial, le parezia combeniente se
determinase dia para dha funcion de gracias y assi mismo para llevarse dha
soberana Ymagen a su templo del partido del Ondón, lo que oido por sus Mercedes
determinaron el día Domingo primero de Abril para dha función de gracias que se
haga con la mayor solemnidad de Missa, sermon y tedeum Laudamus, para lo qual
pase dho Procurador sindico con el aviso correspondiente a el Rdo Clero de esta
Villa, y que en los dias veinte y nueve, treinta y treinta y uno se pongan
luminarias universales en esta Villa, baxo la pena de treinta Rs a
el que no lo ejecute de la orasion en adelante, lo que se haga saber por bando
en la forma acostumbrada, llevandose dha soberana Ymagen a su cassa el lunes,
dos de Abril...[5]
La persistente falta de precipitaciones en nuestras
tierras, constantemente impelía a los vecinos para demandar la presencia de la
patrona en la Villa y ser agraciados con el beneficio de la lluvia. Así en el
Cabildo de 30 de marzo de 1765, el síndico vuelve a proponer:
«
...que siendo grave, la necesidad, que
tienen los campos de agua, pues por su falta, estan para perderse los
simenteros, y estando clamando todo el pueblo, por que se traiga en rogativa la
milagrosa imagen de Nra Sra de las Nieves, patrona de esta Ilustre Villa...»[6]
El consistorio acordó que
como al día siguiente era Domingo de Ramos, y en Semana Santa no se podía traer
a la venerada Imagen, sería el tercer día de Pascua de Resurrección, 9 de abril, nombrándose a dos comisarios encargados de
las gestiones y participándose la noticia al clero de la villa. Se realizaría
la rogativa acostumbrada a la Virgen implorando el socorro de la lluvia durante
los tres días de Pascua de Resurrección, y una vez concluida la misa conventual
que se oficiaba.
Tras el surgimiento de algunas discrepancias entre el
Ayuntamiento de Aspe y el Cura de los Hondones, y después de dos décadas de
haber compartido la soberanía de la imagen sin incidentes, las partes
implicadas decidieron enviar una petición al Obispado de Orihuela de mutuo
acuerdo, para que a través de una resolución judicial, la curia episcopal
estipulara unas reglas para el traslado y estancia de la Virgen en la Villa.
Los capitulares de Aspe y el párroco de Hondón
Dn Francisco Xavier Bueno otorgaron poderes conjuntamente a Dn
Victoriano Gil y a Dn Juan García, procuradores judiciales de la Curia Eclesiástica de Orihuela a través
de una escritura notarial de 10 de
Noviembre de 1768, en la que expresan:
«... Que en atención a que entre dhos Sres de este Ayuntamiento y dho Sr Cura se han
suscitado algunas dudas, sobre la observancia de la costumbre inmemorial, en
que este Ayuntamiento se halla, de que siempre que se ha necesitado
traer de rogativa, a esta villa, a la Milagrosa Imagen de Nra. Sra de las
Nieves, así por falta de agua, como de salud, se ha juntado el Ilustre
Ayuntamiento y determinado el día en que se ha de traer a S. M. avisándole por
carta, a el Sr Cura de dha Parroquial de su determinación, para que
este prevenida dha soberana Imagen, la que se ha traído en el dia señalado, sin
que por el Sr Cura se haya puesto óbice, ni embarazo
alguno; Y deseando dhos Sres que en lo sucesivo se guarde la misma conformidad
y buena armonía que hasta aquí se ha observado, entre este Ayuntamiento y el Sr
Cura de dha Parroquial se han convenido, transigido, y ajustado, en que se de
un pedimento de conformidad, que contenga diferentes capítulos y condiciones
concernientes a dho fin, , a el M. R. Sr Provisor Oficial y Vicario
General del Obispado, a el que recaiga su decreto judicial, que de reglas en
dicho asunto...»[7]
En el pedimento antecedente, los interesados contemplaban
la posibilidad de que el Vicario General
nombrara una persona en calidad de comisionado para que recabara
información en la instrucción de las diligencias.
Un nuevo otorgamiento mancomunado por el Ayuntamiento
y el Párroco hondonense fechado el 5 de
febrero de 1769[8],
otorgaba un poder especial a Dn Francisco Lafuente, vecino de
Crevillente para que realizara indagaciones y presentara testigos ante el Cura
de Crevillente o su Vicario, que eran los comisionados designados por el
Provisor Episcopal, para que alguno de ellos recabara la necesaria información sobre el pedimento,
pero ante la incapacidad del párroco crevillentino para desplazarse a Aspe, y
por evitar las crecidas costas de un notario, ambas partes de unánime
conformidad, señalaron como apoderado a Dn Francisco Lafuente.
Un testimonio recopilado en las actas municipales de 4 de
Noviembre de 1768[9]
hace referencia a la realización de una nueva rogativa a Nra. Sra. de las
Nieves en pro de las lluvias, pero no se expresa si se trajo la Imagen a la
parroquia aspense. El Cabildo de 1 de febrero de 1769 acuerda que se haga
notificación a Francisco Caballero, síndico procurador de la villa en el año
anterior, para que compareciera ante el Ayuntamiento, y presentara las cuentas
de las limosnas recaudadas para las
rogativas públicas que se hicieron a la Virgen en el año anterior.
Las actas municipales de 1769 insertaban el denominado «Primer Concordato», que fue publicado y comentado por Juan Pedro Asencio Calatayud[10], al igual que los
posteriores de 1776 y 1848. En el referido concordato, el Vicario episcopal
dictaminaba las normas que debían regir en la traslación y estancia de la
Virgen en Aspe. El Concordato esta dividido en dos apartados:
En el primer apartado, el Ayuntamiento de Aspe alegaba
sus derechos por haber sido el patrón que cuidaba del culto, del adorno formal
y material de la ermita y de las obras de su habitación contigua. También
expresaba el notable incremento experimentado en la comarca en pro del culto a
la Virgen de las Nieves.
En el segundo apartado quedaba manifiesta la sentencia
del vicario eclesiástico del obispado, en la que reconocía el derecho de los
habitantes de Aspe a trasladar la patrona a la Iglesia de Aspe, con la
prevención de que el Consistorio debía
solicitar por escrito el traslado al párroco de Hondón, incluyendo las siguientes obligaciones:
- Al salir del templo la Virgen debía ser alumbrada por
al menos 20 luces.
- En el ingreso a Aspe, la Imagen tenía que ser recibida
por el cura, clero y Ayuntamiento de la Villa, con la solemnidad debida.
- El periodo de estancia no debía sobrepasar los 15 días
en cada ocasión, procurándose el mayor culto a la Patrona.
- Se habría de
efectuar idéntica ceremonia en el regreso a Hondón.
La urgente necesidad de lluvias concitó el ánimo de los
labradores, que nuevamente requirieron al Concejo la traslación de la Virgen en
rogativa durante la primavera de 1770. El Ayuntamiento, reunido el 18 de abril,
acordó que se realizara el traslado de la venerada Imagen el jueves 26 de abril
y dictaminó algunas propuestas[11]:
- Se eligieron dos comisarios que debían comunicar al
síndico del clero las resoluciones adoptadas, para que al día siguiente
comenzasen las rogativas que precedían a la traída de la Virgen, siendo el
Consistorio el que abonaría los derechos parroquiales que se devengasen durante
la celebración de las rogativas.
- La recaudación de las limosnas estaría a cargo del síndico procurador de la villa, y el clero parroquial tendría que designar un representante que alternara diariamente con el delegado del Ayuntamiento en la petición de limosnas para las rogativas, teniendo cada uno que delimitar la parte del pueblo en la que iban a solicitar la caridad vecinal.
Estas propuestas necesitaban del visto bueno del clero, y
si eran aceptadas, quedarían establecidas en lo sucesivo como norma y pauta. El clero respondió
favorablemente a las proposiciones del Cabildo. Al día siguiente el Consistorio
remitió carta al cura de Hondón para que tuviera conocimiento de la resolución
del Ayuntamiento y dispusiera la Imagen para su traslado con el vestido
acostumbrado. El párroco respondió cordialmente, quedando conforme y a
disposición de las autoridades municipales.
Unos días más tarde, el Concejo aspense expidió una carta
datada el 8 de mayo dirigida al Vicario General del Obispado, suplicando la
concesión de una prórroga, ya que al día siguiente expiraba el plazo de la
quincena concedida y persistía la sequía, queriendo los vecinos continuar las
rogativas. En las actas municipales de 11 de mayo se declara el excesivo gasto
que estaba provocando al erario municipal las rogativas y la insuficiencia de
fondos recaudados por la escasez de limosnas. En una nueva misiva enviada al
Vicario General, los Capitulares exponen la imposibilidad de restituir la
Virgen a su templo el 25 de Mayo, fecha de finalización de la prórroga, por
tener que atender inexorablemente asuntos del servicio Real durante los días 26
y 27, lo que les imposibilitaba para poder asistir a la preceptiva procesión, y
se proponía al Vicario para retornar la
preciada Imagen el lunes 28, incidencia que fue concedida por el provisor
episcopal.
Las rogativas no se vieron recompensadas con el beneficio
de la lluvia, ya que en las actas municipales de primero de junio se realizó
una propuesta para solicitar la rebaja de impuestos al Intendente General del
Reino: «...atendiendo a la escasez de
cosecha por no haber llovido y haverse quemado las viñas en los dos años
anteriores...»[12]
Al año siguiente, en el pleno consistorial de 17 de julio
de 1771, el síndico procurador propone la celebración de la festividad de Ntra.
Sra. de las Nieves en el día de su onomástica, cinco de Agosto, asistiendo las
autoridades municipales al santuario de Hondón, como era costumbre. Unos días
antes de que el Ayuntamiento asistiera a celebrar la festividad de Ntra. Sra.
de las Nieves en la parroquia de Hondón, se produjo un hecho novedoso, pues el
Consistorio recibió un recado del obispo para que suspendiera el festejo, pues
primeramente debía ser celebrado por los mayordomos de la pedanía de Hondón. El
alcalde ordinario Francisco Cremades, el escribano y el abogado Manuel Beltrán
acudieron a Monforte el día 1 de Agosto
para entrevistarse con el Obispo y conocer el motivo de tal variación. Tras las
conversaciones mantenidas con el Prelado, informaron a los integrantes del
pleno municipal en la junta municipal de 2 de agosto y el Ayuntamiento resolvió
lo siguiente:
«...Que se trajese dicha milagrosa Imagen el Domingo
cuatro del corriente de madrugada con la mayor devoción y sin vanidad ni
estrépito manteniéndola en esta Parroquial hasta que su Ilma. venga a visita a
ella, lo que oido por dichos señores acordaron que sin que este acto les sirva
de perjuicio del derecho inmemorial y posesion anticuada que tiene adquirida
esta Villa para celebrar la función de Nra. Sa. de las Nieves en su
propio día y Parroquia del “Ondon” cuado llegue el caso de no traerse en
funcion de rogativa o gracias y permanezca en aquel como siempre lo ha
ejecutado esta Villa antes y despues de ser Parroquia, y sin perjuicio también
del derecho a la habitación que contigua a dicha Parroquia en el expresado
partido del “ondon”, y en la casa del mismo Rdo cura de el tiene a sus expensas construida esta
Villa y con reserva de todos los demas derechos que esta tiene sobre asuntos de
Nra. Sra. que dejan ilesos, desde luego se conforman se traiga a Nra. Sa
en el día referido con la pompa correspondiente y acostumbrada sin que se mude
estrepito de tiros ni otros alborotos que pertuben la devoción, y para la
devida inteligencia a el reverendo clero de la Parroquia de esta Villa en esta
parte se le pase recado de esta resolución conforme con la de su Ilustrisima y
a el Reverendo cura del “ondon” se le despache el aviso correspondiente por
medio de carta que se dirija en el día de mañana, dando la disposición que
siempre se ha acostumbrado en cuanto a vestir a nuestra Sa, y para
que la devoción de los fieles no quede con el desconsuelo de la retardación de
esta noticia in continenti se salga de este Ayuntamiento se publique en la
forma acostumbrada para que se prevengan de luces los que quisieren llevarlas y
finalmente que para el mayor abundamiento que en semejantes ocasiones se ha
observado se ponga de manifiesto la corcordia que hay de auto definitivo del Rdo
Sr Provisor de esta obispado sobre el modo y con que circunstancias
deba traerse Nra Sra a esta Villa...»[13]
Al parecer, tras la designación de don Agustín Hernández
como rector de la parroquia de Hondón, cesó la cordialidad precedente que regía
entre el Ayuntamiento y el párroco hondonense. El acta capitular antecedente
constata las disputas surgidas, ya que el cura de Ntra. Sra. de las Nieves
había pretendido interferir en el acceso del Consistorio aspense a la parroquia
de Hondón, e imposibilitar la conmemoración
de la festividad de la Virgen de las Nieves en el día de su onomástica, y confería la preferencia a los mayordomos
del «Ondon»,
pero tras dialogar con el obispo, éste determinó la conducción de la Virgen a Aspe el 4 de agosto, y su
permanencia hasta la visita del prelado, sin que el Cabildo aspense acepte la
merma de sus derechos adquiridos ante tal novedad.
Estas tensiones y disputas se van a prolongar durante
cinco años, teniéndose que establecer una nueva concordia tripartita signada
por el cura de Aspe, el Ayuntamiento y el cura de Hondón, denominado «Segundo Concordato», que estaba
insertado en la actas capitulares de 6 de mayo de 1776. Esta nueva
reglamentación revalida la cláusulas consensuadas en el concordato de 1769, y
estipula normas complementarias recopiladas en un corpus de ocho capítulos, que
básicamente normalizan la ubicación y presidencia de los sacerdotes de ambas
parroquias en el cortejo procesional que acompañaba a la Virgen de las Nieves
en las venidas y retornos de Aspe a Hondón, con delimitación de sus
demarcaciones jurisdiccionales. En los artículos se estipulan algunos
requisitos, como que hubiera una persona encargada de vestir a la Imagen, que
se llevara un libro donde se hiciera anotación de las alhajas y enseres de la
Virgen, etc.
El Capítulo nº 4 resuelve uno de los puntos discordantes.
En él se fija la preeminencia del Ayuntamiento sobre cualquier particular para
celebrar la onomástica de la Virgen y costear la fiesta en la parroquia de
Hondón, teniendo el Cabildo un asiento en banco distinguido y preferencial en
el lado de la Epístola del templo de manera permanente.
En esta concordia se hace alusión a un decreto expedido
por el Obispo en 16 de enero de 1776, en el que concede permiso para que se
restituyera la Virgen de las Nieves a su templo de Hondón, con la salvedad de
que las partes implicadas debían conciliar previamente un acuerdo, pues con el
beneplácito del Obispo, la venerada Imagen de Nra. Sra. de las Nieves había
permanecido cinco años en la parroquia de Nra. Sra. del Socorro, hasta
resolverse el contencioso surgido tras las disputas.
En la centuria siguiente y tras la escisión de Hondón de
las Nieves de la jurisdicción municipal de Aspe, se rubricó un nuevo acuerdo en
1848 denominado Tercer Concordato,
que con su peculiar periodicidad bienal
rige actualmente el traslado y permanencia de la Virgen en ambos pueblos.
Gonzalo Martínez Español.
[1]Archivo Municipal de Elche. Legajo H-108 doc. nº 17. Nombramiento de Fr. Teodorico
Rico como capellán de la Ermita de la Virgen de las Nieves. Madrid, 17 de
Febrero de 1731.
[2] Archivo Municipal de Elche. Legajo nº 53-A doc. nº 11 y Legajo
127-A doc. nº 5. Relaciones de sueldos, mercedes y limosnas que se pagaban en
Aspe. Madrid, 4 de julio de 1751 y Madrid, 2 de mayo de 1760.
[4] Archivo Municipal de Aspe. Libro de Actas Capitulares. 1764-66.
Cabildo de 10 de marzo de 1764.
[5] Archivo Municipal de Aspe. Libro de Actas Municipales de 1764-66.
Cabildo de 27 de marzo de 1764.
[7]Archivo Municipal de Novelda. Protocolo de Jacinto Amaro de
Villela 1767-69. Escritura de poder otorgada por el Ayuntamiento de Aspe y el
Cura de Hondón a favor de Victoriano Gil y Juan García Jiménez. Aspe, 10 de noviembre
de 1768.
[8]A.M.N. Protocolo de Jacinto Amaro de Villela 1767-69. Escritura de
poder especial otorgada por el Ayuntamiento de Aspe y el Cura de Hondón a favor
de Francisco Lafuente.
[9]A.M.A. Libro de Actas Capitulares de 1767-68, Testimonio de 4 de noviembre
de 1768.
[10] ASENCIO CALATAYUD, J. P.: “Introducción”, fols. XVI-XVIII, en Aspe, Antología Documental, Diputación Provincial de Alicante.
1982.
[12] Ídem, Cabildo de 1 de junio de 1770.
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